Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

EmisorSecretaría de Economía

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MANZANAS, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA 0808.10.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 16/14, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 14 de agosto de 2014 la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C. (la "UNIFRUT" o la "Solicitante"), presentó la solicitud de inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos de América ("Estados Unidos"), independientemente del país de procedencia.

    2. Manifestó que desde mediados de 2013 el sector productor de manzanas mexicano vive una grave crisis por la imposibilidad de comercializar la manzana nacional a precios que permitan obtener utilidades que le den viabilidad al sector. Lo anterior, como consecuencia del aumento significativo de las importaciones de manzanas de los Estados Unidos con altos márgenes de discriminación de precios que generan un daño material a la industria nacional de manzanas o amenazan causarlo, provocando un comportamiento negativo en sus principales indicadores económicos.

    3. Propuso como periodo investigado el comprendido de enero a diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido de enero de 2011 a diciembre 2013.

  2. Solicitante

    1. La UNIFRUT es una asociación civil constituida conforme a la legislación mexicana. Entre sus principales actividades se encuentra representar ante las autoridades a las asociaciones agrícolas locales que la integran para la protección y defensa de sus intereses comunes, así como promover en las explotaciones frutícolas propiedad de sus miembros, la ampliación de tecnología de vanguardia que permita reducir costos de producción, aumentar rendimientos y mejorar la calidad de los productos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Prolongación Paseo de la Reforma No. 600, edificio Plaza Reforma, despacho 010-B, colonia Santa Fe Peña Blanca, C.P. 01210, en México, D.F.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. La UNIFRUT indicó que el nombre genérico y comercial con el que se le conoce a la mercancía objeto de investigación es el de manzanas. Sus características físicas y composición resultan principalmente del color, piel, forma, tamaño, color de la pulpa, textura y sabor. En este sentido, la Solicitante añadió que la mercancía investigada puede ser de color rojo, amarilla, verde, rosa y combinaciones de éstos; de piel lisa, brillante o rayada; de sabor dulce, dulce-acidulado, agridulce o ácido; de tamaño pequeño, mediano o grande; y de distintos tipos de texturas: jugosa, firme, crujiente, etc., así como de diferentes variedades: golden, red, gala, rome, starking, top red y red chief, entre otras.

    3. Para acreditar lo anterior, la Solicitante proporcionó un cuadro con la descripción de las características de las distintas variedades de manzanas e imágenes de cada una de ellas, obtenidas de diversas páginas de Internet, que tienen como fuente al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés).

    4. Tratamiento arancelario

    5. La UNIFRUT señaló que las manzanas ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE):

      Tabla 1. Descripción arancelaria de manzanas

      Codificación
      arancelaria
      Descripción
      Capítulo 08
      Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías.
      Partida 0808
      Manzanas, peras y membrillos, frescos.
      Subpartida 0808.10
      - Manzanas.
      Fracción 0808.10.01
      Manzanas.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet.

    6. Con base en la información del Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI), las importaciones de manzanas que ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 están sujetas a un arancel del 20%. Las importaciones originarias de países con los que México ha celebrado tratados de libre comercio están exentas de arancel. La unidad de medida comercial y para la TIGIE es el kilogramo.

    7. La Solicitante indicó que por dicha fracción arancelaria ingresan únicamente manzanas y que la unidad de medida comercial y para la TIGIE es el kilogramo.

    8. Con base en información obtenida del Sistema de Información Comercial de México (SIC-M), la Secretaría confirmó lo señalado por la UNIFRUT al observar que la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE es una fracción específica por la que sólo deben ingresar manzanas. No obstante, durante el periodo analizado identificó que se registraron algunas operaciones de importación de productos distintos a las manzanas, que representaron el 0.04% del volumen total importado por dicha fracción arancelaria.

    9. Normas técnicas

    10. La UNIFRUT señaló que la norma mexicana aplicable a las manzanas es la NMX-FF-061-SCFI-2003. "Productos agrícolas no industrializados para consumo humano-fruta fresca-manzana (Malus pumila Mill)-(Malus domestica Borkh)especificaciones". Proporcionó copia de la misma.

    11. Proceso productivo e insumos

    12. La UNIFRUT manifestó que el ciclo de producción agrícola de la manzana es intensivo en labores durante todo el año y finaliza con la cosecha del 100% de la producción, en los meses de agosto a octubre. Indicó que el proceso de producción de la manzana es el siguiente:

      1. inicia en invierno, ya sea con la plantación de los árboles que después de 3 a 5 años iniciarán su etapa productiva o con la poda de los mismos;

      2. en la primavera, se presenta la etapa de floración y polinización, en la que debe protegerse a los árboles de las posibles heladas, además de realizarse un aclareo químico y manual junto con una fertilización;

      3. en verano, que es la etapa de crecimiento del fruto, se continúa con el riego intensivo y la fertilización, considerando una protección adicional derivada de las posibles granizadas;

      4. en otoño, se realiza la cosecha que se lleva a cabo manualmente y se coloca en selección de bolsas, y

      5. finalmente, se traslada a cuartos frigoríficos para que tenga un tratamiento químico post-cosecha y después se almacene para etiquetarse y empacarse en caja para su venta (se lava, encera y clasifica por tamaño, color, etc.) donde se vuelve a almacenar temporalmente en cuartos fríos para detener el proceso de maduración.

    13. Los insumos utilizados para la producción de la mercancía objeto de análisis son principalmente: mano de obra, agua, tierra y químicos, por ejemplo, fertilizantes, pesticidas y combustible.

    14. Para sustentar la información señalada anteriormente, la UNIFRUT presentó copia del documento titulado "Manzanas. Reporte Industria y Comercio", publicado por la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), en febrero de 2010, que describe el proceso productivo de la mercancía investigada.

    15. Usos y funciones

    16. La UNIFRUT afirmó que las manzanas se utilizan principalmente como alimento, así como en la preparación de diversos alimentos, por ejemplo, sidras, jugos, ensaladas, mermeladas y zumos.

  4. Partes interesadas

    1. Los importadores y exportadores de que tiene conocimiento la Secretaría son:

    2. Importadores

      Almacenes Refrigerados Apache, S.P.R. de R.L. de C.V.

      Av. Juárez y 35 No. 3500

      Col. Barrio Viejo

      C.P. 31532, Cuauhtémoc, Chihuahua

      Austral Trading México, S.A. de C.V.

      Barranca Honda S/N

      Fracc. San Martín Obispo

      C.P. 54730, Cuautitlán, Estado de México

      Casa Ley, S.A. de C.V.

      Carretera Internacional Km 1,434

      Col Humaya Infonavit

      C.P. 80020, Culiacán, Sinaloa

      Central Detallista, S.A. de C.V.

      Ignacio Comonfort No. 9351, edificio Gilt, piso 8

      Col. Zona del Río

      C.P. 22320, Tijuana, Baja California

      CGR Import Solution, S.A. de C.V.

      Montecito No. 38, piso 1

      Col. Nápoles

      C.P. 03810, México, Distrito Federal

      Cocanmex, S.A. de C.V.

      Antoine Lavoisier No. 14

      Parque Industrial Cuamatla

      C.P. 54740, Cuautitlán, Estado de México

      Coliman Frutas Finas, S. de R.L. de C.V.

      Av. Ermita No. 193-A

      Fracc. Los Españoles

      C.P. 22430, Tijuana, Baja California

      Comercializadora de Frutas de Importación, S.A. de C.V.

      Oriente 249 A No. 104, alto

      Col. Agrícola Oriental

      C.P. 08500, México, Distrito Federal

      Comercializadora de Frutas Finas Tarahumara, S.A.

      Calle 4, bodegas 419 y 421

      Col. Mercado de Abastos

      C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco

      Comercializadora Disfruta, S.A. de C.V.

      Av. Veracruz S/N

      Col. Loma Linda

      CP. 21140, Mexicali, Baja California

      Comercializadora Fast Trade de Chihuahua, S. de R.L. de C.V.

      Av. Plutarco Elías Calles No. 376

      Col. 2a. Burócrata

      C.P. 32340, Ciudad Juárez, Chihuahua

      Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V.

      Nextengo No. 78

      Col. Santa Cruz Acayucan

      C.P. 02770, México, Distrito Federal

      Comercio Global y Servicios Aduanales, S. de R.L. de C.V.

      París No. 511, Int. 3

      Col. Beatty Reynosa

      C.P. 88630, Reynosa, Tamaulipas

      Comestibles Maldonado, S.A. de C.V.

      Blvd. Solidaridad y Camelia, bodegas 13, 14 y 15

      Mercado de Abasto Francisco I. Madero

      Col. Libertad

      C.P. 83130, Hermosillo, Sonora

      Compañía Frutícola Altagracia, S.A. de C.V.

      Av. Canal de Río Churubusco S/N

      Bodega N, zona 5, sector 3

      Col...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR