Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de los Estados Unidos de América, del Reino de España y de la República de la India, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99, 7305.19.01 y 7305.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición14 Julio 2015
Fecha de publicación14 Julio 2015
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE TUBERÍA DE ACERO AL CARBONO CON COSTURA LONGITUDINAL RECTA Y HELICOIDAL, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEL REINO DE ESPAÑA Y DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99, 7305.19.01 y 7305.19.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo 18/14, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 1 de septiembre de 2014 Tubacero, S. de R.L. de C.V. ("Tubacero") y Tubesa, S.A. de C.V. ("Tubesa"), en conjunto, las "Solicitantes", solicitaron el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de los Estados Unidos de América (los "Estados Unidos"), del Reino de España ("España") y de la República de la India (la "India"), independientemente del país de procedencia.

  2. Inicio de la investigación

    1. El 23 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio de la investigación antidumping (la "Resolución de Inicio"). Se fijó como periodo de investigación el comprendido del 1 de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014 y como periodo de análisis de daño, el comprendido del 1 de abril de 2011 al 31 de marzo de 2014.

  3. Producto objeto de investigación

    1. Descripción general

    2. El producto objeto de investigación es la tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal de diámetro externo mayor a 16 pulgadas (") o 406.4 mm ("tubería de acero al carbono con costura").

    3. Tratamiento arancelario

    4. El producto objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99, 7305.19.01 y 7305.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Tabla 1. Descripción arancelaria

      Codificación
      arancelaria
      Descripción
      Capítulo 73
      Manufacturas de fundición, de hierro o de acero.
      Partida 7305
      Los demás tubos (por ejemplo: soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406.4 mm, de hierro o acero.
      -Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos:
      Subpartida 7305.11
      -- Soldados longitudinalmente con arco sumergido.
      Fracción 7305.11.01
      Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
      Fracción 7305.11.99
      Los demás.
      Subpartida 7305.12
      --Los demás, soldados longitudinalmente.
      Fracción 7305.12.01
      Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
      Fracción 7305.12.99
      Los demás.

      Subpartida 7305.19
      --Los demás.
      Fracción 7305.19.01
      Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
      Fracción 7305.19.99
      Los demás.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    5. De acuerdo con el SIAVI, las importaciones que ingresan por las fracciones arancelarias 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99 y 7305.19.01 de la TIGIE, quedaron libres de arancel a partir del 1 de enero de 2012, cualquiera que sea su origen. Sin embargo, en la página de Internet del SIAVI, en el rubro aranceles y normatividad, en la parte de observaciones generales, se precisa que, mediante Boletín No. 087/12, la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunica que en cumplimiento de las ejecutorias dictadas en los incidentes que se mencionan en el mismo Boletín, a partir del 1 de agosto de 2012, se implementa el cobro de un arancel de 3% (Circular T-0130/12). Las importaciones que ingresan por la fracción arancelaria 7305.19.99 de la TIGIE están libres de arancel.

    6. La unidad de medida para las operaciones comerciales son toneladas métricas y metros lineales; conforme a la TIGIE es el kilogramo.

    7. El 5 de diciembre de 2013 se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría emite Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior, mediante el cual se sujetan a la presentación de un aviso automático ante la Secretaría las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias que se mencionan en los puntos anteriores de la presente Resolución, para efectos de monitoreo estadístico comercial cuando se destinen al régimen aduanero de importación definitiva.

    8. Normas técnicas

    9. La tubería objeto de investigación se produce fundamentalmente bajo especificaciones de las normas del Instituto Americano del Petróleo (API, por sus siglas en inglés), particularmente la API 5L y la ISO 3183.

    10. Conforme a la descripción del producto del listado electrónico de operaciones de importación del Sistema de Información Comercial de México (SIC-M) por las fracciones arancelarias 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99, 7305.19.01 y 7305.19.99 de la TIGIE, la Secretaría observó que durante el periodo analizado se registraron importaciones de tubería originarias de los Estados Unidos y la India que cumplen con la norma API 5L.

    11. Características físicas y composición química

    12. El producto objeto de investigación presenta diámetros mayores a 16" y se fabrica con acero al carbono, cuya composición química está constituida principalmente de acero, carbono, manganeso, azufre y fósforo.

    13. Proceso productivo

    14. La tubería de acero al carbono con costura se fabrica mediante el proceso de formado continuo. Utiliza como insumos la placa o rollo de acero rolados en caliente (que representa más del 70% del costo de fabricación), electricidad, material de soldadura, mano de obra y consumibles. Durante este proceso, la tubería se suelda, ya sea en forma recta o helicoidal.

    15. Para fabricar la tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta es importante el ancho de la placa, ya que éste constituye el perímetro de la tubería, en tanto que, para producir la tubería helicoidal no se requiere que el ancho de la placa sea equivalente al perímetro del tubo, ya que por la naturaleza del proceso lo que varía es el ángulo de formado.

    16. El producto objeto de investigación se puede soldar mediante dos tecnologías: resistencia eléctrica de alta frecuencia (HFW) y arco sumergido (SAW). La tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta se fabrica mediante los procesos HFW (también denominado ERW) y SAW, en tanto que la tubería de acero al carbono con costura helicoidal únicamente con el proceso SAW.

    17. La fabricación de la tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta inicia con el maquinado de bordes de la placa de acero y pasa al formado, el cual consiste en darle forma de "U" a la placa y luego de "O". La placa con esta forma:

      a. se puntea de forma continua (presoldado), se realiza el corte de rebaba (interior y exterior) y se pasa a través de rodillos rectificadores. A continuación, el tubo se suelda por el interior y el exterior

      mediante el proceso de arco sumergido (SAWL); posteriormente, se inspecciona y pasa por una prensa redondeadora y se expande mecánicamente, o bien,

      b. directamente se suelda mediante resistencia eléctrica de alta frecuencia (ERW), se realiza el corte de rebaba (interior y exterior) y se normaliza la soldadura y se pasa a través de rodillos rectificadores para darle las dimensiones finales.

    18. La tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta que se obtiene se somete a diversas pruebas, entre ellas, la hidrostática y no destructivas (rayos X en los extremos, inspección ultrasónica del cordón de soldadura e inspección visual) y se biselan sus extremos.

    19. El proceso para fabricar tubería de acero al carbono con costura helicoidal, es prácticamente el mismo que el descrito anteriormente, salvo que en la fase de formado se da vueltas en espiral al rollo de acero y, al mismo tiempo, se suelda mediante soldadura por arco sumergido.

    20. Las Solicitantes aportaron diagramas del proceso de producción de tubería de acero al carbono con costura, tanto soldada longitudinalmente recta como para la soldada en forma helicoidal de las empresas Welspun Corp Ltd. ("Welspun Corp") de la India, Stupp Corporation y Berg Spiral Pipe Corp. ("Berg") de los Estados Unidos, así como Noksel, S.A. ("Noksel") de España, fabricantes de la mercancía objeto de investigación. La Secretaría constató que estas empresas fabrican la tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y/o helicoidal mediante los procesos previamente descritos.

    21. Usos y funciones

    22. La tubería de acero al carbono con costura, tanto longitudinal recta como helicoidal, se utiliza para la conducción de fluidos, fundamentalmente de hidrocarburos en la industria petrolera, aunque también suele utilizarse para fines estructurales. La información que las Solicitantes aportaron de las empresas de los Estados Unidos, España y la India fabricantes de esta mercancía, confirma estos usos.

  4. Convocatoria y notificaciones

    1. Mediante la Resolución de Inicio, la Secretaría convocó a los importadores y exportadores del producto objeto de investigación, y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de la investigación, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

    2. Con fundamento en los...

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