Respuesta a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-214/2-SCFI-2017, Instrumentos de medición-Alcoholímetros referenciales- Especificaciones y métodos de prueba, publicado el 17 de noviembre de 2017.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-214/2-SCFI-2017, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-ALCOHOLÍMETROS REFERENCIALES-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA, PUBLICADO EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017.

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 39, fracción V, 40, fracciones I y IV; 47, fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22, fracciones I, IV, IX, X, XVI, XXI y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica las respuestas a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-214/2-SCFI-2017, Instrumentos de medición-Alcoholímetros Referenciales-Especificaciones y Métodos de prueba, publicado el 17 de noviembre de 2017.

Empresas e Instituciones que presentaron comentarios durante el periodo de consulta pública:

- CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA (CENAM)

- KAßLA COMERCIAL, S.A. DE C.V.

- SERVICIOS DE EVALUACIÓN GAMA, S.A. DE C.V.

1
2
3
4
5
6
Nombre
Capítulo. No./
Inciso No./Anexo
Tipo de
comentario
TEXTO ORIGINAL Y COMENTARIOS
(JUSTIFICACIÓN PARA EL CAMBIO)
CAMBIO PROPUESTO
RESOLUCIÓN CCONNSE
CENTRO
NACIONAL DE
METROLOGÍA
(CENAM)
Capítulo 3 y
Apéndice A
Ge
3.7 BrAC
gramos de alcohol en 210 L de aire espirado (1 mg de etanol por litro de aire = 2.1 g de etanol por litro de sangre).
NOTA a la entrada: Véase Apéndice A (Informativo).
Apéndice A
...
TABLA A.1.- Definición de unidades de medida en alcoholímetros
BrAC:
Concentración de alcohol en aliento [2]
g/210
TABLA A.2.- Equivalencias de unidades de medida en alcoholímetros
g de alcohol/210 L de aire espirado
BrAC*
10
...
Comentarios:
Es necesario eliminar las unidades en BrAC, ya que no son necesarias para expresar resultados relacionados con la exactitud del instrumento y pueden ocasionar confusión entre los particulares que están interesados en participar en la NOM.
Eliminar unidades BrAC
CENTRO NACIONAL DE METROLOGÍA (CENAM)
Con fundamento en los artículos 47 fracciones I y II, así como el 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 28 del Reglamento de la LFMN, este comentario fue analizado por el CCONNSE y decidió aceptar la propuesta, eliminando toda referencia a las unidades BrAC.

KAßLA
COMERCIAL,
S.A. de C.V.
1. Objetivo y
Campo de
Aplicación
Te
1.2 Campo de aplicación
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana aplica a los instrumentos de medición de alcohol, que se importen o comercialicen en el territorio nacional y que se utilizan para la detección o cuantificación de alcohol en fluidos corporales, con fines de medición de la cantidad de alcohol ingerida que se permite para el desarrollo de una actividad determinada con fines referenciales.
Comentarios:
En el mercado existen alcoholímetros que se ajustan o se calibran de acuerdo a las especificaciones del cliente. Hay alcoholímetros que emiten resultados positivo y negativo, así como algunos que se calibran para que se emita un resultado "ámbar" o "rojo" en concentraciones menores a las especificadas en esta norma. Esto para cumplir políticas internas de prevención de accidentes por uso de maquinaria pesada. Los alcoholímetros que emiten resultados "positivo" o "negativo" son utilizados por empresas privadas que cuentan con políticas "cero tolerancia". Los alcoholímetros que emiten resultados "positivo" o "negativo" pueden ajustarse para emitir un resultado positivo en el límite de detección que el cliente solicite. Hasta donde es de nuestro conocimiento, estos equipos no son utilizados en operativos viales. Las empresas privadas requieren de la importación y comercialización por empresas como la nuestra, de equipos que apoyen al cumplimiento de sus políticas de cero tolerancia para disminuir y eliminar los accidentes de trabajo en diversas áreas.
1.2 Campo de aplicación
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana aplica a los instrumentos de medición de alcohol, que se importen o comercialicen en el territorio nacional y que se utilizan para la detección o cuantificación de alcohol en fluidos corporales, con fines de medición de la cantidad de alcohol ingerida que se permite para el desarrollo de una actividad determinada con fines referenciales.
Excepto aquellos para uso personal, o en programas para concientización escolares o en empresas privadas.
KAßLA COMERCIAL, S.A. de C.V.
Con fundamento en los artículos 47 fracciones I y II, así como el 64 de la LFMN y el 33 párrafo tercero del Reglamento de la LFMN, este comentario fue analizado por el CCONNSE y decidió rechazar la propuesta, ya que, este documento aplicará a todos los instrumentos de medición de alcohol que se importen o comercialicen en el territorio nacional y que se utilizan para la detección o cuantificación de alcohol en fluidos corporales, con fines de medición de la cantidad de alcohol ingerida que se permite para el desarrollo de una actividad determinada con fines referenciales, esto es, para dispositivos que se utilizan para detectar la presencia de 0.095 mg/L o más miligramos de alcohol por Litro de aire espirado, pero debe reportar el resultado en unidades de mg de alcohol por litro de aire. Estos instrumentos se destinan para fijarse en una superficie plana, y son comúnmente utilizados en establecimientos mercantiles, organizaciones privadas u otras esferas, sin fines sancionatorios, quedando de la siguiente manera:
1.2 Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana aplica a los instrumentos de medición de alcohol, que se importen o comercialicen en el territorio nacional y que se utilizan para la detección o cuantificación de alcohol en fluidos corporales, con fines de medición de la cantidad de alcohol ingerida que se permite para el desarrollo de una actividad determinada con fines referenciales.

KAßLA
COMERCIAL,
S.A. de C.V.
3. Términos y
definiciones
Te
3.4 Alcoholímetro Referencial (AR)
Los AR se destinan para fijarse en una superficie plana.
Comentarios:
No encontramos fundamento para excluir equipos portátiles que emiten un resultado referencial (mediante colores de semáforo). El uso de AR son un apoyo fundamental en operativos antialcohol, e involucraría un costo desmedido la exigencia de los equipos evidénciales para todos los operativos. Deseamos apoyar a que se sigan realizando los mismos.
3.4 Alcoholímetro Referencial (AR)
Los AR pueden ser fijados en una superficie plana o pueden ser móviles. El resultado emitido por estos equipos deberá ser corroborado con un alcoholímetro evidencial cuando se utiliza para fines de cumplimiento de la regulación vial aplicable.
KAßLA COMERCIAL, S.A. de C.V.
Con fundamento en los artículos 47 fracciones I y II, así como el 64 de la LFMN y el 33 párrafo tercero del Reglamento de la LFMN, este comentario fue analizado por el CCONNSE y decidió rechazar la propuesta, ya que, al incluir en la definición de los Alcoholímetros Referenciales los móviles, se propicia que muchos instrumentos que no cumplen con las características mínimas puedan incluirse en el mercado y con esto generar prácticas de competencia desleal entre los miembros del sector (comercializadores e importadores), quedando de la siguiente manera:
3.4
Alcoholímetro Referencial (AR)
dispositivo que se utiliza para detectar la presencia de 0.095 mg/L o más miligramos de alcohol por Litro de aire espirado, pero debe reportar el resultado en unidades de mg de alcohol por litro de aire. Los AR se destinan para fijarse en una superficie plana.

Servicios de
Evaluación
Gama, S.A. de
C.V.
3. Términos y
definiciones
Ed
3.4 ... El dispositivo puede ser capaz de medir cualquier fluido corporal para este propósito.....
Comentarios
El proyecto está destinado solo para alcoholímetros referenciales basados en aire espirado
Eliminar el texto mencionado
Servicios de Evaluación Gama, S.A. de C.V.
Con fundamento en los artículos 47 fracciones I y II, así como el 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 28 del Reglamento de la LFMN, este comentario fue analizado por el CCONNSE y decidió aceptar la propuesta, quedando de la siguiente manera:
3.4
Alcoholímetro Referencial (AR)
dispositivo que se utiliza para detectar la presencia de 0.095 mg/L o más miligramos de alcohol por Litro de aire espirado, pero debe reportar el resultado en unidades de mg de alcohol por litro de aire. Los AR se destinan para fijarse en una superficie plana.
Servicios de
Evaluación
Gama, S.A. de
C.V.
3. Términos y
definiciones
Ed
3.18 Fluido corporal...
Comentarios
El proyecto está destinado solo para alcoholímetros referenciales basados en aire espirado
Eliminar todo el numeral
Servicios de Evaluación Gama, S.A. de C.V.
Con fundamento en los artículos 47 fracciones I y II, así como el 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 28 del Reglamento de la LFMN, este comentario fue analizado por el CCONNSE y decidió aceptar la propuesta, eliminando la definición de fluido corporal y recorriendo la numeración.

Servicios de
Evaluación
Gama, S.A. de
C.V.
3. Términos y
definiciones
Ed
3.34 Substitutos científicamente aceptables
Coment...

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