Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-256-SSA1-2011, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas, publicado el 19 de julio de 2012

Fecha de disposición19 Julio 2012
Fecha de publicación10 Enero 2013
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracciones XXII y XXIV, 17 Bis fracción III, 17 Bis 2, 128, 129, 132, 194 fracción III, 195, 197, 201, 210, 214, 278, 279, 280, 281 y 282 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones I, II, V, XI, XII y XIII, 41, 43, 47 fracción III de Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Capítulo III Establecimientos, 1214, 1215, 1221 fracción II, 1222, 1231, 1235 fracción V, 1269, 1270, 1271, 1275, 1277, 1279, 1280, 1281, 1282, 1285, 1286 y 1287 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 2 literal C fracción X y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3 fracciones I, incisos g, i, ñ, y II, 10, fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, he tenido a bien expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Respuesta a comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-256-SSA1-2011, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012.

Como resultado del análisis que realizó el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario de los comentarios recibidos por los diferentes promoventes, se ha considerado dar respuesta a los mismos en los siguientes términos:

No. PROMOVENTE/NUMERAL/COMENTARIO RESPUESTA
1 Departamento de Saneamiento Básico, Riesgos Radiológicos y Toxicológicos Secretaría de Salud Jalisco Condicionar o eliminar el punto de desinfección, de la licencia sanitaria. No se acepta. Esta norma no pretende modificar el alcance o los requisitos establecidos para la obtención de licencia sanitaria.
2 Departamento de Saneamiento Básico, Riesgos Radiológicos y Toxicológicos Secretaría de Salud Jalisco. El nombre de la Norma es "Condiciones sanitarias que
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