Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SSA3-2007, Para la organización y funcionamiento de residencias médicas, publicado el 7 de octubre de 2009

Fecha de disposición07 Octubre 2009
Fecha de publicación13 Diciembre 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción VIII, 13 apartado A fracción I, 45, 78, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94 y 95 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III y VII, 41, 43 y 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 353 A, 353 B, 353 C, 353 D, 353 E, 353 F, 353 G, 353 H y 353 I de la Ley Federal del Trabajo; 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 inciso A fracción I; 8 fracciones V y VI, 9 fracción IV bis; y 18 fracciones I, III y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; me permito expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SSA3-2007, Para la organización y funcionamiento de residencias médicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2009.

Como resultado del análisis que realizó el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, de los comentarios recibidos de los diferentes promoventes, se ha considerado dar respuesta a los mismos en los siguientes términos:

PROMOVENTE RESPUESTA
1. Grupo interno de trabajo de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud. Se sugiere agregar al título el ámbito genérico a que se refiere la norma como lo indica la NMX-Z-013/1-1977-Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicana. Se acepta el comentario, de agregar al título el ámbito genérico a que se refiere la norma, para quedar como sigue: Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012, Educación en salud. Para la organización y funcionamiento de residencias médicas.
2. Acad. Dr. En C. Roberto Anaya Prado. Presidente de la Asociación Mexicana de Cirugía General, A. C. Colegio de Postgraduados en Cirugía general (sic), A. C. Federación Nacional de Colegios y Asociaciones de Especialistas en Cirugía General, A. C. Lamentamos la falta de participación de una Organización como la AMCG / CPCG / FNCECG, que finalmente juega un rol fundamental en la capacitación, actualización, certificación y liderazgo de todos los cirujanos del País formados en todas las instituciones Mexicanas y que, al integrarse en la plantilla laboral los diferentes establecimientos de salud, contribuyen en el proceso de capacitación de los Residentes; en este caso, de la especialidad de Cirugía General. No se acepta el comentario, "El proceso de elaboración de las normas oficiales mexicanas garantiza la participación de cualquier interesado a través de los siguientes mecanismos: A través de los grupos de trabajo conformados en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente. A través del procedimiento de consulta pública, previsto en el artículo 47 fracciones I y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN). Mediante la consulta pública que regula la Ley Federal de Procedimiento Administrativo en su Título Tercero-Capítulo Tercero De la manifestación de impacto regulatorio. Ahora la aprobación de los documentos finales se realiza con la participación de los representantes institucionales y de las asociaciones civiles que integran el Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente, de tal manera que se logre alcanzar el objetivo de conformar un documento completo, válido y aplicable en todo el territorio nacional. Ahora bien, se hace notar que las asociaciones representadas por usted no forman parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, por lo que su participación se realiza en esta etapa de consulta pública.

3. Mtro. Víctor Manuel Ramírez Anguiano. Rector. Centro Universitario de Ciencias de la Salud. Universidad de Guadalajara. Sistema Nacional de Residencias Médicas, como son la existencia de convenios, el perfil del profesor titular Y ADJUNTO de estudios y prácticas de posgrado y los requerimientos mínimos de las unidades médicas receptoras de residentes. 4. Grupo interno de trabajo de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud. Se sugiere volver a redactar la introducción y dada la importancia que tiene la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud en las Residencias Médicas, se considera que debe mencionarse en la introducción que ésta coordina lo relativo a formación de médicos especialistas. Se aceptan parcialmente sus comentarios, la introducción queda de la siguiente manera: A la Secretaría de Salud por conducto de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud le corresponde establecer la coordinación entre los sectores salud y educativo para la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud, de acuerdo con las necesidades de salud actuales y futuras de la población; así como emitir y coordinar la expedición de normas oficiales mexicanas. Así mismo, a la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, le corresponde proponer normas oficiales mexicanas a las que deberán sujetarse en las instituciones públicas, sociales y privadas, la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud y, promover y vigilar su cumplimiento, con la participación que corresponda a las unidades administrativas competentes. La presente norma considera elementos indispensables para la realización de residencias médicas expresados en deberes de las instituciones de salud integrantes del Sistema Nacional de Residencias Médicas, como son la existencia de convenios, disposiciones para los profesores titular y adjunto y los requerimientos mínimos de las unidades médicas receptoras de residentes, además de los derechos y obligaciones de los médicos residentes, entre otros y deja sin efectos a la Norma Oficial Mexicana NOM-090-SSA1-1994, Para la organización y funcionamiento de residencias médicas. Cabe destacar que la coordinación de todo lo relativo a la formación de médicos especialistas en las residencias médicas, le corresponde a la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud a través de su Comité de Enseñanza de Posgrado y Educación Continua. En atención a lo antes expresado, la Secretaría de Salud emite la norma oficial mexicana en educación en salud para la organización y funcionamiento de residencias médicas, a fin de garantizar la formación óptima de los médicos especialistas sin menoscabo de la seguridad de los pacientes o de la atención a la salud de la población.
5. Carlos Daniel Campillo Serrano. Servicios de Atención Psiquiátrica. 1. Objetivo. Regular la organización y funcionamiento de residencias médicas requeridas para realizar estudios y prácticas de posgrado en las instituciones del Sistema Nacional de Salud. Se acepta parcialmente el comentario, para quedar de la siguiente manera: 1. Objetivo. Esta norma, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de residencias médicas, en las unidades médicas receptoras de residentes de las instituciones del Sistema Nacional de Salud.

6. Grupo interno de trabajo de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud. Se sugiere ubicar el campo de aplicación de la norma y al responsable de enseñanza como el sujeto que tiene la observancia obligatoria del cumplimiento de la norma y no a todo el personal directivo porque se diluye dicha responsabilidad. Además para hacerlo congruente con el campo de aplicación de las otras normas en materia de formación de recursos humanos para la salud, tanto las ya publicadas como las que están en proceso de elaboración. Se acepta parcialmente el comentario, el campo de aplicación queda de la siguiente manera: 2 Campo de aplicación. Esta norma, es de observancia obligatoria para el responsable de enseñanza, así como para quienes convengan e intervengan en los procesos de selección, autorización, integración, actualización, enseñanza y tutoría de las residencias médicas en los establecimientos para la prestación de servicios de atención médica considerados como unidades médicas receptoras de residentes que conforman el Sistema Nacional de Residencias Médicas.
7. Acad. Dr. En C. Roberto Anaya Prado. Presidente de la Asociación Mexicana de Cirugía General, A. C. Colegio de Postgraduados en Cirugía general, A. C. Federación Nacional de Colegios y Asociaciones de Especialistas en Cirugía General, A. C. Se debe incluir la aplicación en las instituciones de educación superior que avalan, ingresan, matriculan y dan título a los alumnos de especialidades médicas. 8. Mtro. Víctor Manuel Ramírez Anguiano. Rector. Centro Universitario de Ciencias de la Salud. Universidad de Guadalajara. 2. Campo de aplicación Es de observancia obligatoria para el personal directivo Y ACADEMICO de las unidades médicas receptoras de residentes, de las unidades normativas receptoras de residentes, que formen parte del Sistema Nacional de Residencias Médicas. intervengan en sus procesos de selección, autorización, integración, actualización, enseñanza y tutoría Y DE LAS UNIVERSIDADES PARTICIPANTES. 9. Ernesto Leobardo Gómez Torres. Jefatura de Servicios de Enseñanza e Investigación del ISSSTE. De la misma manera el considerar las Obligaciones de las Instituciones Educativas, apartado en donde consideramos conveniente el proporcionar capacitación en docencia a todos sus profesores. No se aceptan sus comentarios, en virtud de que no es materia de las normas oficiales mexicanas
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR