Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-022-STPS-2008, Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, para quedar como PROY-NOM-022-STPS-2014, Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, publicado el 6 de enero de 2015

Fecha de disposición06 Enero 2015
Fecha de publicación20 Agosto 2015
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JOSÉ ADÁN IGNACIO RUBÍ SALAZAR, Subsecretario de Previsión Social, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 33 de su Reglamento, y en representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por acuerdo del Titular del Ramo hecho en los términos de los artículos 5, fracción II, y 7, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 6 de enero de 2015, en cumplimiento al artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de modificación de la NOM-022-STPS-2008-Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, para quedar como PROY-NOM-022-STPS-2014-Electricidad estática en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, a efecto de que dentro de los 60 días naturales siguientes a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios los promoventes siguientes:

  1. Ing. Luis Héctor Valdez Báez. Valdez Ingenieros S.A. de C.V.

  2. Roberto Ruelas Gómez. Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas 082A, Ruel S.A. de C.V.

  3. I.Q. Rey Niebla, Coordinador de Monitoreo.

  4. M.C. Eduardo Enrique Castillo Anaya, Director de Xtensión IT Security Professional.

  5. Ing. María del Rocío Contreras Becerra, Representante Legal; Ing. Martha Cassandra Luévano Mercado, Control de Procesos; Ing. Miguel Alberto Camacho Cota, e Ing. Manuel Santillán Durán, Jefe de Área Técnica. Grupo ASHE.

  6. Lic. Adela Barona.

  7. Ing. Rubén Sanders Zavala. Sanders y Asociados Servicios Profesionales; Laboratorio de Prueba en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

  8. E. Isaac Estrada Platas, Asesor Seguridad Industrial, Materia de Protección Civil.

  9. Ing. Guillermo E. López Trujillo, Ingeniero de Proyectos. Hidroambiental de Monterrey, S.A. de C.V.

  10. Mtro. Ramón Emilio Silva González, Subdirector de Articulación de Programas en la Delegación Federal del Trabajo en Puebla.

    Que dentro del término previsto por el artículo 47, fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, procedió a estudiar los comentarios recibidos y emitió las respuestas respectivas, resolviendo incorporar las respuestas procedentes de los promoventes y, como consecuencia, modificar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana señalado, por lo que se acordó solicitar a esta Secretaría la publicación de dichas respuestas en el Diario Oficial de la Federación.

    Que en atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo previsto en el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publican las siguientes

    RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA NOM-022-STPS-2008-ELECTRICIDAD ESTÁTICA EN LOS CENTROS DE TRABAJO-CONDICIONES DE SEGURIDAD, PARA QUEDAR COMO PROY-NOM-022-STPS-2014-ELECTRICIDAD ESTÁTICA EN LOS CENTROS DE TRABAJO-CONDICIONES DE SEGURIDAD

    Promovente 1: Ing. Luis Héctor Valdez Báez. Valdez Ingenieros S.A. de C.V.

    Comentario 1:

    En 7.2 c) dice:

    Realizar la medición de la resistencia de la red de puesta a tierra, conforme a lo señalado por el Capítulo 9 de la presente Norma, y la comprobación de la continuidad en los puntos de conexión a tierra, al menos cada doce meses. Los valores deberán cumplir con lo siguiente:

    1) Estar comprendidos entre 0 y 25 ohms, para la resistencia en sistemas de pararrayos o sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas;

    2) Tener un valor no mayor a 10 ohms, para la resistencia de la red de puesta a tierra, y

    Se sugiere modificar por el siguiente texto:

    Realizar la medición de la resistencia de la red de puesta a tierra, conforme a lo señalado por el Capítulo 9 de la presente Norma, y la comprobación de la continuidad en los puntos de conexión a tierra, al menos cada doce meses. Los valores deberán cumplir con lo siguiente:

    1) Estar comprendidos entre 0 y 10 ohms, para la resistencia en sistemas de pararrayos o sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas;

    2) Tener un valor no mayor a 25 ohms, para la resistencia de la red de puesta a tierra, y

    Esta modificación estaría de acuerdo con:

    1. NMX J 549 ANCE 2005, pág. 39/131, inciso 4.3.4.6. "El valor de la resistencia en el diseño del arreglo del SPT debe ser menor o igual a 10 Ohms.

    2. NOM 001 SEDE 2012, pág. 12, C, 250-50. "En ningún caso, el valor de resistencia tierra del sistema de electrodos de puesta a tierra puede ser mayor a 25 Ohms.

      Desde luego habría que modificar también 9.4 h)

      Dice:

      Verificar que los valores de la resistencia de la red de puesta a tierra que se obtengan en esta prueba, estén comprendidos entre 0 y 25 ohms para el sistema de pararrayos, y/o tener un valor no mayor a 10 ohms para la resistencia de la red de puesta a tierra.

      Debe decir:

      Verificar que los valores de la resistencia de la red de puesta a tierra que se obtengan en esta prueba, estén comprendidos entre 0 y 10 ohms para el sistema de pararrayos, y/o tener un valor no mayor a 25 ohms para la resistencia de la red de puesta a tierra.

      Respuesta 1:

      Procede el comentario por lo que se modifican los numerales 7.2 inciso c) subincisos 1) y 2), y 9.4 inciso h), para quedar en los términos siguientes:

      7.2 Para controlar la generación o acumulación de electricidad estática se deberán adoptar, según apliquen, las medidas de seguridad siguientes:

      ...

    3. Realizar la medición de la resistencia a tierra ...

      1) Tener un valor menor o igual a 10 ohms, para la resistencia a tierra del (los) electrodo(s) en sistemas de pararrayos o sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas;

      2) Tener un valor menor o igual a 25 ohms, para la resistencia a tierra de la red de puesta a tierra, y

      ...

      9.4 La medición de la resistencia a tierra de la red de puesta a tierra se deberá realizar conforme a lo siguiente:

      ...

    4. Verificar que los valores de la resistencia a tierra de la red de puesta a tierra que se obtengan en esta prueba, sean menores o iguales a 10 ohms para el (los) electrodo(s) del sistema de pararrayos, y/o tener un valor menor o igual a 25 ohms para la resistencia a tierra de la red de puesta a tierra.

      Comentario 2:

      Es por muchos sabido el problema que se tiene con algunos componentes de pararrayos que se utilizan en México. En especial los conectores de tipo mecánico. Muchos de ellos utilizan SOLO el apriete que da un tornillo para unirse al cable del pararrayos. Esto provoca falsos contactos Se propone incluir una nota al 8.7.

      Dice

      La red de puesta a tierra de los sistemas de pararrayos deberá permitir su desconexión cuando se realice la medición a que se refiere el Capítulo 9 de esta Norma.

      Debería decir

      La red de puesta a tierra de los sistemas de pararrayos deberá permitir su desconexión cuando se realice la medición a que se refiere el Capítulo 9 de esta Norma. El elemento de desconexión deberá tener una placa de apriete entre el cable de bajada y el tornillo de apriete para evitar falsos contactos.

      Respuesta 2:

      Procede parcialmente el comentario por lo que se modifica el numeral 8.7, para quedar en los términos siguientes:

      8.7 Los electrodos de la red de puesta a tierra de los sistemas de pararrayos deberán permitir su desconexión cuando se realice la medición a que se refiere el Capítulo 9 de esta Norma. Para ello, los electrodos deberán contar con medios que permitan su desconexión y que eviten falsos contactos.

      Promovente 2: Roberto Ruelas Gómez, Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas 082A. Ruel S.A. de C.V.

      Comentario 1

      Dice
      Debe decir
      Comentarios
      4.2 Carga eléctrica estática: La propiedad física de la materia que se manifiesta por la pérdida o ganancia de electrones, generalmente en materiales aislantes de la electricidad, o materiales conductores aislados de tierra, que han estado en contacto o presión.
      4.2 Carga eléctrica estática: La propiedad física de la materia que se manifiesta por la pérdida o ganancia de electrones, generalmente en materiales aislantes de la electricidad, o materiales conductores aislados de tierra, que han estado en contacto o bajo presión mecánica.
      No es correcto decir que un conductor ha estado en presión. Se sugiere cambiarlo a estar bajo presión.

      Respuesta 1:

      Procede parcialmente el comentario por lo que se modifica la definición de carga eléctrica correspondiente al numeral 4.2, para quedar en los términos siguientes:

      4.2 Carga eléctrica estática: La propiedad física de la materia que se manifiesta por la pérdida o ganancia de electrones, generalmente en materiales aislantes de la electricidad, o materiales conductores aislados de tierra, que han estado en contacto o bajo presión.

      Comentario 2

      Dice
      Debe decir
      Comentarios
      4.3 Conexión a tierra; puesta a tierra: La acción y efecto de conectar eléctricamente uno o más elementos de un equipo o circuito a un electrodo o a un sistema de puesta a tierra, de tal forma que se encuentren a potencial eléctrico cero (0).
      4.3 Conexión a tierra; puesta a tierra: La acción y efecto de conectar eléctricamente uno o más elementos de un equipo o circuito a la red de puesta a tierra, de tal forma que se encuentren a potencial eléctrico cero (0).
      Electrodo de puesta a tierra: Elemento metálico enterrado que establece una conexión eléctrica a tierra.
      De acuerdo con las definiciones; No está...

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