Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, publicado el 12 de mayo de 2016. (Continúa de la Tercera Sección)

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EmisorComisión Reguladora de Energía

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RESPUESTAS a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos, publicado el 12 de mayo de 2016. (Continúa de la Tercera Sección) (Viene de la Tercera Sección)

2. Considerar a los Estados Unidos como una fuente natural de suministro de Diésel importado hacia México y aceptar el estándar ASTM D975 para el Diésel, que especifica un número de Cetano de 40 y requiere ya sea el índice de 40 o el volumen de aromáticos de máximo 35% como especificaciones en ASTM D975.
Tesoro estima que esta unificación de los estándares de Diésel a través de la frontera de los Estados Unidos y México beneficiaria a los consumidores con un menor costo del producto debido a la maximización de las operaciones para cumplir con un solo estándar, ya que no se incurriría en costos adicionales de producción y logística asociados con la separación de los productos por calidades.
Esta recomendación es consistente con las importaciones Mexicanas de Diésel actuales y de años anteriores desde los Estados Unidos y también es consistente con la norma de especificaciones de Diésel ASTM D975. Por lo tanto, la recomendación es mantener la flexibilidad actual del Número de Cetano O del Índice.
La aceptación de las especificaciones de Diésel como son prescritas en los Estados Unidos proporcionaría un suministro constante y confiable a México desde su fuente más cercana. Ello minimizaría costos de entrega para transportar el producto a México vs otras fuentes internaciones.
Otros países que también consideran el Número O el Índice de Cetano son por ejemplo Chile, Perú, Colombia, Brasil, Paraguay, así como otros países en Centro América que compiten por las exportaciones de Estados Unidos.

165.
EXXON
Establece que los límites de cetanos son de 45 mínimos. Estos límites de cetanos son más restrictivos que los grados de los Estados Unidos (40 mínimo). Restringir en exceso el nivel de cetanos reducirá la flexibilidad de suministro, incluyendo importaciones de los Estados Unidos, y puede incrementar el costo de producción y suministro.
En la práctica, el beneficio de una calidad superior de Cetanos es un desempeño mejorado de arranque en frío. Dado que la población de vehículos de diésel en México es similar a la de los Estados Unidos, y sus temperaturas ambientes son casi todas más altas, no hay un beneficio real en el incremento del requerimiento de Cetanos para México y restringe las opciones de suministro.
Por lo tanto, se recomienda cambiar el requerimiento de cetanos nuevamente a 40 mínimo, como se sugiere en la especificación propuesta previamente en la "resolución por la que la Comisión Reguladora de Energía modifica la NOM-EM-005-CRE-2015, especificaciones de calidad de los petrolíferos".
La tabla debe hacer referencia a las especificaciones del número de cetano "O" índice de cetano. De lo contrario, se interpreta como requerir ambos, y los dos no siempre podrían estar disponibles. Hay muy pocos motores de cetanos en operación disponibles, lo que hace que el número de cetano de ASTM D613 sea un resultado difícil de obtener en muchos casos. Por lo tanto, se necesita un Índice de Cetano como una alternativa, no como un requerimiento adicional.
No procede:
Ver respuesta al comentario número 160 y 162.

166.
Sica medición
Número Derivado de Cetano Como alternativa tecnológica al cálculo de índice de Cetano, sugerimos el Número Derivado de Cetano.

De acuerdo con los valores de Repetibilidad y Reproducibilidad publicados para los métodos D689018, D717019 y D7668²0, sugerimos que el método oficial para la determinación de número derivado de Cetano sea el método D7668 y los métodos D7170 y D6890 sean definidos como alternativos.
No procede
El uso de métodos alternativos tiene como fundamento lo establecido en el artículo 49 de la LFMN. Esto tiene como objetivo no atar a los interesados a una sola opción; dicha posibilidad permite al gobernado optar por uno u otros, sin establecer una priorización o mayor importancia de unos sobre otros, es decir, el uso del método es optativo para el interesado.
Se propone realizar una evaluación posterior del asunto mediante un grupo técnico en los términos establecidos en el Transitorio Sexto de la Norma.

167. EXXON Número de Cetano Derivado El Número de Cetano Derivado (DCN, por sus siglas en inglés) se debe incluir como una alternativa aceptable para el número de cetano. Recientemente, varias pruebas de bomba de volumen constante que generan Número de Cetano Derivado se han llevado a los laboratorios, haciendo que OCN esté más disponible. ASTM D6890, D7170, 07668 son todos de este tipo, que ya están enlistados en su listado ASTM al final del anteproyecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de Cal dad delos Petrolíferos. Se recomienda que el número de cetano / índice de cetano sea una especificación "O". También se sugiere permitir el Número de Cetano Derivado como alternativa aceptable para el número de cetano (al límite propuesto anteriormente de 40 como mínimo) Sí procede Se atiende en los términos de las respuestas a los comentarios 157 y 162. 168. Pedro Ismael Hernández Delgado

Nombre del producto:
Valor límite
Propiedad
Unidad
Método de prueba
Diésel
Automotriz
Diésel
agrícola/
marino
Azufre
mg/kg
(ppm)
Determinación de azufre en productos de petróleo por espectroscopia de rayos X de fluorescencia por dispersión de energía (ASTM D 4294)
Determinación de azufre total en hidrocarburos ligeros (ASTM D 5453, D 2622, D 7039, D 7220)
15 promedio
30 máximo(2)
500 máximo
resto del país
500 máximo

Establecer para la especificación del contenido de azufre en el Diésel automotriz, límite promedio mensual (15 ppm) y valor máximo permitido por lote específico (30 ppm), al igual como se maneja el azufre de la gasolina, lo anterior no demerita en la calidad de la gasolina, pero si le otorga flexibilidad operacional al operador, tanto en las refinerías como en las áreas de Distribución

No procede

En la práctica internacional, el cumplimiento de valores límite como el azufre con base promedio anual (ver 40 CRF Part 80 de la EPA), sólo se establece para gasolinas, y en el caso del diésel es galón por galón, por lo que la propuesta no se justifica.

169. ASOCIACIÓN NACIONAL DE PRODUCTORES DE AUTOBUSES, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES

Nombre del producto:
Valor límite
Propiedad
Unidad
Método de prueba
Diésel
Automotri
z
Diésel
agrícola/
marino

No procede

En EU, como en otros países, la transición de concentraciones de contaminantes a valores inferiores se implementó en forma gradual, como es el caso del azufre, y, en promedio duró 7 años, como resultado de inversiones, modificaciones a los procesos de refinación e incentivos de diversa índole, entre otros.

La propuesta presentada carece de los elementos que permiten evaluar los impactos y beneficios en este momento cuando en México todavía están en proceso la implementación de modificaciones a los procesos de refinación nacionales que permiten la producción tanto de gasolinas como de diésel de ultra bajo azufre.

En este contexto, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos, evaluará la propuesta al interior del Grupo Técnico a que se refiere el Transitorio Sexto de la Norma, considerando las mejores prácticas de la industria e instrumentos disponibles de apoyo como incentivos fiscales, costos y beneficios asociados.

Azufre
mg/kg
(ppm)
Determinación de azufre en productos de petróleo por espectroscopia de rayos X de fluorescencia por dispersión de energía (ASTM D 4294)
Determinación de azufre total en hidrocarburos ligeros (ASTM D 5453, D 2622, D 7039, D 7220)
10
máximo(2)
500
máximo
resto del
país
500
máximo

Mantenemos nuestra posición respecto a que se incluyan las mismas características señaladas en la TABLA 7 para diésel automotriz del proyecto señalado en la CARTA MUNDIAL DE COMBUSTIBLES (Worldwide Fuel Chart, fifth edition, september 2013, category 4, diésel fuel o posterior), la cual solicitamos se integre la misma como una referencia en el proyecto de norma como parte de las "Referencias documentales Internacionales" utilizadas en el diseño, construcción y operación de los motores que se integran a los vehículos nuevos destinados al servicio de carga y pasaje. Entre los que se encuentran:

Contenido máximo de azufre 10 mg/kg

170.

Sica medición

Azufre La especificación D975-15c en el inciso 5.1.817 define el método D5453 como el método árbitro (Referee) para la determinación de azufre, para los grados S15, por lo cual sugerimos que se siga la misma práctica de definir el método D5453 como método oficial.

No procede

El uso de métodos alternativos tiene como fundamento lo establecido en el artículo 49 de la LFMN. Esto tiene como objetivo no atar a los interesados a una sola opción; dicha posibilidad permite al gobernado optar por uno u otros, sin establecer una priorización o mayor importancia de unos sobre otros, es decir, el uso del método es optativo para el interesado.

171.
ASOCIACIÓN DE COMBUSTIBLES EFICIENTES DE LATINOAMÉRICA CENTRO MEXICANO DE DERECHO AMBIENTAL
El uso de combustibles con un contenido de azufre mayor a 30 partes por millón (ppm) en gasolinas y 15 ppm en diésel -considerados no ultra bajos en azufre (UBAs)- reduce la efectividad de los convertidores catalíticos (Carta Mundial de Combustibles, 2013), eventualmente eliminando su actividad catalítica por completo. Considerando que los convertidores...

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