Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SSA2-2010, Para la prevención y control de la tuberculosis, publicado el 13 de septiembre de 2012

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PABLO ANTONIO KURI MORALES, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracción, XV, 13, apartado A, fracción I, 133, fracción I, 134, fracción III, 137, 139, 140, 145, 146, 351 y 393, de la Ley General de Salud; 40, fracciones III y XI, 43, 47, fracciones II y III y 51, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, apartado A, fracción II, 8, fracción V y 10, fracciones VII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SSA2-1993, Para la Prevención y Control de la Tuberculosis en la Atención Primaria a la Salud, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SSA2-2010, Para la Prevención y Control de la Tuberculosis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2012.

No. Numeral Promovente Comentario Acepta SI/NO Respuesta
1 PATH Agregar: 2.8 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones Nosocomiales SI Se acepta el comentario y queda como sigue: 2.8 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales
2 3. Definiciones PATH Comentario/Propuesta: Agregar en el apartado de definiciones y conforme al orden alfabético o numeral cual sea el caso lo siguiente Medidas para el control de infecciones en TB: Son medidas que tienen por objetivo limitar / disminuir / controlar la transmisión de M. tuberculosis. Estas medidas pueden ser aplicadas (SIC) en establecimientos de salud, en sitios de congregación (cárceles entre otros) y domicilios. Las (SIC) medidas de CI TB de dividen en: Directivas de alto mando · Medidas administrativo-gerenciales · Medidas ambientales · Medidas de protección respiratorias. Directivas de alto mando: son los manuales, las normas y los procedimientos aptos a brindar un cuadro comprensivo de todas las intervenciones de Control de Infecciones por TB (CI TB). Sólo a través de las medidas directivas se podrá apoyar y facilitar la implementación, la operación, el mantenimiento y la evaluación de los CI por TB. SI, PARCIALMENTE Se acepta de manera parcial la definición de Medidas para el control de infecciones en Tuberculosis, para estar acorde con lo establecido en el Manual para la Prevención de la Transmisión de la Tuberculosis en los Establecimientos de Salud control de infecciones en tuberculosis, que se encuentra publicado en la página de Internet http://www.cenavece.salud.gob.mx/programas/interior/ micobacteriosis/descargas/pdf/manual_control_infecciones.pdf, se recorre la numeración y se modifica para quedar como sigue: 3.48 Medidas para prevenir la transmisión de la tuberculosis en establecimientos de salud (control de infecciones en tuberculosis): a las medidas que tienen por objetivo limitar, disminuir y controlar la transmisión de M. tuberculosis. Estas medidas también pueden ser aplicadas en sitios de concentración (cárceles, entre otros) y domicilios. Se dividen en: 3.48.1 Medidas gerenciales-administrativas. 3.48.2 Medidas de control ambiental. 3.48.3 Medidas de protección respiratoria.

Medidas de control gerencialadministrativo. Son las medidas de control más importantes para reducir el riesgo de transmisión de tuberculosis, y que tienen por objetivo reducir la exposición al M. Tuberculosis, y cuyo tema principal es aumentar la consciencia del riesgo y vigilancia del comportamiento adecuado entre el personal de salud y los usuarios., (SIC) las medidas de control gerencial administrativo están asociadas a la separación, (SIC) detección (SIC) temprana y empiezo inmediato del tratamiento a los pacientes (SIC) con TB; educación (SIC) al paciente y a los Trabajadores de Salud. Medidas de control ambiental. Sistemas y/o equipos que se pueden aplicar en las áreas de mayor riesgo de trasmisión de TB para reducir la concentración de las partículas infecciosas incluyen ventilación, uso de filtros de alta eficiencia (HEPA) y lámparas germicidas de rayos UV. Medidas de protección respiratoria: Son medidas que sirven como complemento y tienen como objetivo proteger al personal de salud en áreas donde la concentración de partículas infectantes no puede (SIC) ser reducidas por las medidas gerenciales administrativas y ambientales. Recambio de aire Consiste en sacar el aire viciado y sustituirlo con aire fresco en un determinado tiempo por medio de ventilación natural o mecánica. No se acepta la definición de Directivas de Alto Mando, por considerarse que no es necesaria dicha definición para la comprensión de la presente norma. FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 40 y 41, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Artículo 28, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas. Se acepta parcialmente, para estar acorde con lo establecido en el Manual para la Prevención de la Transmisión de la Tuberculosis en los Establecimientos de Salud control de infecciones en tuberculosis, que se encuentra publicado en la página de Internet http://www.cenaprece.salud.gob.mx/programas/interior/ portada_manuales.html, se recorre la numeración y se modifica para quedar como sigue: 3.47 Medidas gerenciales-administrativas: a las medidas de control más importantes para disminuir el riesgo de transmisión de tuberculosis y que tienen por objetivo reducir la exposición de los trabajadores de la salud al M tuberculosis, las cuales están asociadas a la separación, detección temprana e inicio inmediato del tratamiento a las personas con tuberculosis, educación al afectado por la tuberculosis y a los trabajadores de la salud. FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 40 y 41, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Artículo 28, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas. Se modifica y se recorre la numeración, para quedar como sigue: 3.45 Medidas de control ambiental: a los sistemas y/o equipos que se pueden utilizar en las áreas de mayor riesgo de transmisión de tuberculosis para reducir la concentración de las partículas infecciosas dentro de los establecimientos de salud, incluyen ventilación, uso de filtros de alta eficiencia (HEPA) y lámparas germicidas de rayos ultravioleta. Se modifica y se recorre la numeración, para quedar como sigue:

3.46 Medidas de protección respiratoria: a las medidas que tienen por objetivo proteger a las personas en áreas donde la concentración de partículas infectantes no puede ser reducida por las medidas de control gerenciales-administrativas y ambientales. Respecto del comentario del punto 3.54, de la norma se acepta el comentario con modificación en la redacción para mejor la comprensión de la norma. 3.54 Recambio de aire: a la expulsión del aire viciado y su sustitución por aire fresco en un determinado tiempo por medio de ventilación natural o mecánica. FUNDAMENTO LEGAL: Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas.

3 4. Abreviaturas PATH Comentario/Propuesta: Agregar HEPA: Filtros de Alta Eficiencia de partículas RAH: Recambios de aire por hora. SI Se modifica el punto 4. Abreviaturas, para quedar como: 4.16 HEPA Filtros de Alta Eficiencia de Partículas 4.42 RAH Recambios de aire por hora.
4 6. Especificaciones PATH Comentario/Propuesta: 6.1 Medidas de prevención y promoción de la salud en la comunidad 6.1.1 las casas tendrán que ser bien ventiladas, en particular los cuartos adonde el paciente pasa un tiempo considerable (la ventilación natural puede ser suficiente para otorgar ventilación adecuada) 6.1.2 los tosedores deberán de ser educados a la etiqueta respiratoria y tienen que seguir siempre dichas recomendaciones. 6.1.3 mientras BK positivos, los pacientes con TB tienen que: · Pasar la mayoría del tiempo afuera /al aire abierto · Cuando posible, dormir en un cuarto separado y bien ventilado · Pasar el menor tiempo posible en sitios de congregación o en los transportes públicos 6.2 Prevención y protección en establecimiento (SIC) de salud SI, PARCIALMENTE 6.1 No se acepta la propuesta de adicionar la palabra comunidad, porque las medidas de prevención y promoción no solo están orientadas a la comunidad sino también a los establecimientos de salud. FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 40 y 41, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Artículo 28, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas. 6.1.1 Se acepta parcialmente la propuesta, se recorre la numeración y se modifica, para quedar como: 6.1.6 Se promoverá que las casas estén bien ventiladas, en particular los cuartos donde el paciente con tuberculosis pasa un tiempo considerable. No se acepta el comentario entre paréntesis por ser una precisión del promovente.

6.2.0 Directivas de Alto mando 6.2.0.1 Establecer un comité técnico de coordinación por los CI TB (dentro del CODECIN). 6.2.0.2 Contar con un Plan de CI
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