CIRCULAR CONSAR 17-1, Reglas generales que establecen los requisitos mínimos que deberán reunir los planes de pensiones establecidos por patrones o derivados de contratación colectiva para su registro ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Extracto


CIRCULAR CONSAR 17-1, Reglas generales que establecen los requisitos mínimos que deberán reunir los planes de pensiones establecidos por patrones o derivados de contratación colectiva para su registro ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

CIRCULAR CONSAR 17-1*

*Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 1997.

REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MINIMOS QUE DEBERAN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACION COLECTIVA PARA SU REGISTRO ANTE LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 12 fracciones I, VIII y XVI, 82 y 83 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con las leyes de seguridad social se podrán establecer planes de pensiones, en beneficio de los trabajadores, por parte de los patrones, o derivados de la contratación colectiva, o por dependencias o entidades;

Que los planes de pensiones a que se refiere...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía