Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento administrativo sancionatorio iniciado en contra de la agrupación política nacional Unidos por México, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

DOF, 11 de Febrero de 2005Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral

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Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento administrativo sancionatorio iniciado en contra de la agrupación política nacional Unidos por México, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento administrativo sancionatorio iniciado en contra de la agrupación política nacional Unidos por México, por hechos que constituyen probables infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- Exp. JGE/QCG/015/2004.- CG09/2005.

RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO INICIADO EN CONTRA DE LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL UNIDOS POR MEXICO , POR HECHOS QUE CONSTITUYEN PROBABLES INFRACCIONES AL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

Distrito Federal, a 31 de enero de dos mil cinco.

VISTOS para resolver los autos relativos al expediente identificado con el número JGE/QCG/015/2004, al tenor de los siguientes:

RESULTANDOS

I. Con fecha treinta y uno de marzo de dos mil cuatro, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió la resolución CG38/2004, en la que ordenó en el considerando número cinco, en relación con el tercer punto resolutivo, se iniciara procedimiento administrativo sancionatorio en contra de la agrupación política nacional Unidos por México , expresando:

CONSIDERANDO

1. Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 35, párrafo 1, inciso b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las Agrupaciones Políticas Nacionales deben disponer de documentos básicos. Por lo que estos documentos deberán cumplir con los extremos que al efecto precisan los artículos 25; 26, incisos a), b) y c); así como 27, incisos a), b), c), fracciones I, II, III Y IV, y g); respectivamente, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

2. Que Unidos por México realizó modificaciones a sus estatutos, las cuales fueron aprobadas por la Segunda Asamblea Nacional Extraordinaria, celebrada el día tres de enero del año en curso.

3. Que la Asamblea Nacional Extraord...

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