Norma Oficial Mexicana NOM-199-SSA1-2000, Salud ambiental. Niveles de plomo en sangre y acciones como criterios para proteger la salud de la población expuesta no ocupacionalmente
Fecha de disposición | 18 Octubre 2002 |
Fecha de publicación | 18 Octubre 2002 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | TERCERA. Poder Ejecutivo |
NORMA Oficial Mexicana NOM-199-SSA1-2000, Salud ambiental. Niveles de plomo en sangre y acciones como criterios para proteger la salud de la población expuesta no ocupacionalmente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-199-SSA1-2000, SALUD AMBIENTAL. NIVELES DE PLOMO EN SANGRE Y ACCIONES COMO CRITERIOS PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACION EXPUESTA NO OCUPACIONALMENTE.
ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XIII, 13, apartado A fracción l, 116 y 118 fracciones l y VII de la Ley General de Salud; 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 2 fracciones VII y VIII, 7 fracción XVI, y 12 fracciones I y VI del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente:
Norma Oficial Mexicana NOM-199-SSA1-2002, Salud Ambiental. Niveles de plomo en sangre y acciones como criterios para proteger la salud de la población expuesta no ocupacionalmente.
CONSIDERANDO
Considerando con fecha 30 de mayo de 2000, en cumplimiento del acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, y lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios a dicho Comité.
Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-199-SSA1-2000, SALUD AMBIENTAL. NIVELES DE PLOMO EN SANGRE Y ACCIONES COMO CRITERIOS PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACION EXPUESTA NO OCUPACIONALMENTE
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma participaron las siguientes dependencias, instituciones, organismos y personas.
SECRETARIA DE SALUD Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Dirección General de Salud Ambiental Laboratorio Nacional de Salud Pública Subsecretaría de Prevención y Protección de la Salud Dirección General de Promoción para la Salud Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Instituto Nacional de Perinatología
Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez
Instituto Nacional de Salud Pública Centro Nacional de Salud Ambiental SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Coordinación de Salud en el Trabajo
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Jefatura de Servicios de Seguridad e Higiene en el Trabajo
PETROLEOS MEXICANOS Gerencia de Regulación y Desarrollo Médico
Instituto Mexicano del Petróleo Subdirección de Protección Ambiental. Gerencia Ciencias del Ambiente
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO Facultad de Química
UNIVERSIDAD JUAREZ DEL ESTADO DE DURANGO Facultad de Medicina
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON Facultad de Medicina Departamento de Farmacología y Toxicología Centro de Información Toxicológica
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI Facultad de Medicina Laboratorio de Toxicología Ambiental
HOSPITAL ABC, I.A.P.
INSTITUTO DE SALUD, AMBIENTE Y TRABAJO
SERVICIOS INDUSTRIALES PEÑOLES, S.A. DE C.V.
ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE ACUMULADORES, A.C.
CORPORACION PIPSA, S.A. DE C.V.
ELECTRICA AUTOMOTRIZ OMEGA, S.A. DE C.V.
ENERTEC MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.
GRUPO IMSA, S.A. DE C.V.
INDUSTRIAL MINERA MEXICO, S.A. DE C.V.
INDUSTRIAL TECNICA RAYO, S.A. DE C.V.
PYOSA, S.A. DE C.V.
ZINC NACIONAL, S.A.
DR. MANUEL VELASCO GUTIERREZ
INDICE
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Introducción
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Símbolos y abreviaturas
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Especificaciones
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Acciones básicas de protección
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Métodos de prueba
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Bibliografía
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas
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Observancia de la norma
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Vigencia
Apéndice A
Apéndice B
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Introducción
El plomo (Pb) es un metal pesado que se encuentra extensamente distribuido en la Tierra. Las propiedades físico-químicas de este elemento y de los compuestos que de él se derivan han favorecido la elaboración de una gran variedad de productos, siendo uno de los metales que más se han utilizado a lo largo de la historia. Actualmente las fuentes más usuales de exposición al plomo son las emisiones de las industrias minerometalúrgicas y metalmecánicas, los establecimientos recicladores de baterías.
Los pigmentos para pinturas, la producción y el uso alfarería vidriada para la preparación y almacenamiento de alimentos, que es considerada la principal fuente de exposición a plomo en México.
Algunos remedios tradicionales como el azarcón (usado como tratamiento para la diarrea), tienen un alto contenido de plomo y han producido intoxicación en niños mexicanos.
La absorción del plomo depende también de forma importante del estado nutricional del individuo, siendo mayor si la dieta es pobre en calcio, hierro y/o proteínas.
El plomo absorbido se distribuye a tejidos blandos (hígado, riñón, músculos y cerebro) y en exposición crónica puede almacenarse en huesos y dientes. Ciertos estados fisiológicos que causan movilización de calcio de huesos y dientes pueden ocasionar movilización de plomo a la sangre en el feto.
El método más común para conocer los niveles de plomo en el organismo es la medición de la concentración de plomo en sangre comúnmente expresada en microgramos de plomo por decilitro (g/dl).
La exposición a este metal, dependiendo de las concentraciones de plomo en sangre y en tiempos de exposición, puede provocar daño hematopoyético, inmunológico, esquelético, renal y en los sistemas nervioso central y periférico. El riesgo de ingestión de plomo aumenta en los niños por su conducta exploratoria y sus juegos, que los hace tener mayor contacto con suelos contaminados, aunado a la mayor absorción que ocurre en ellos comparada con los adultos.
El envenenamiento se manifiesta en un cuadro sintomático determinado en los adultos por cólicos, anemia, dolor de cabeza, fatiga, neuropatía periférica: Los niños como el grupo con mayor susceptibilidad muestran principalmente deficiencia en el desarrollo psicomotor, intelectual y de aprendizaje, y en los casos de intoxicación aguda se presentan vómitos, anorexia, convulsiones, coma y encefalopatía. El plomo ocasiona alteraciones en la biosíntesis del grupo hemo por la inhibición de enzimas que participan en su síntesis, ocasionando aumento en los niveles del ácido 5-aminolevulínico, coproporfirinas y zinc protoporfirinas y puede ocasionar también daño renal a nivel glomerular o en la función renal.
El meta-análisis efectuado por Schwartz señala que el incremento de plomo en sangre de 10 a 20 g/dl estaba asociado con un decremento de 2.6 puntos de Coeficiente Intelectual, teniendo una tendencia más pronunciada en niveles abajo de 15 g. El meta-análisis efectuado por Pockock S.J. señala que el duplicar la carga corporal de 10 a 20 g/dl se encuentra asociado a una reducción de la escala completa del Coeficiente Intelectual de 1 a 2 puntos. Ambas revisiones no encuentran un nivel de umbral.
Adicionalmente, la exposición a plomo puede tener efectos en la reproducción. Las mujeres embarazadas expuestas a niveles altos pueden tener hijos con menor peso al nacimiento, así como mayor riesgo de aborto espontáneo, aun en niveles de plomo relativamente bajos.
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Objetivo
Esta norma oficial mexicana establece los niveles de plomo en sangre y las acciones básicas de prevención y control en población expuesta no ocupacionalmente.
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Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para los prestadores de servicios de salud, así como para los laboratorios que realicen pruebas para la determinación de plomo en sangre.
Asimismo, la presente Norma es aplicable como criterio de referencia en el desarrollo de programas de evaluación e investigación de los riesgos y daños a la salud de la población, originados por la contaminación ambiental debida al plomo.
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Referencias
NOM-087-ECOL-1995, Establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten atención médica.
NOM-017-SSA1-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica.
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Definiciones
Para los efectos de esta Norma se entiende por:
4.1. Acción o Acciones, a las medidas básicas que se aplicarán para proteger la salud de la población expuesta a plomo.
4.2. Autoridad sanitaria, a la Secretaría de Salud y a los servicios de salud de las entidades federativas.
4.3. Coeficiente de variación, a la desviación estándar dividida entre el promedio aritmético por cien.
4.4. Electroquímica, a la técnica analítica en la cual la corriente que es generada mientras una especie química es oxidada o reducida; se usa para determinar la concentración de la misma.
4.5. Exactitud, a la...
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