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Secretaría de Energía - REF:005383

Secretaría de Energía CONVOCATORIA DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA No. 94 Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Energía, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, tercero y séptimo transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, emiten la siguiente: Convocatoria dirigida a toda persona interesada en el concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal: Nombre del puesto Dirección General de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Código de puesto 18-512-1-CFKC002-0000001-E-C-N Nivel administrativo KC2 Número de vacantes 1 Sueldo bruto $171,901.35 (ciento setenta y un mil novecientos uno 35/100 M.N.) Adscripción del puesto Dirección General de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Sede Insurgentes Sur 890, Col. Del Valle, Deleg. Benito Juárez, C.P. 03100, México, D.F. Tipo de nombramiento Servidor Público de Carrera Titular Funciones principales 1. Ordenar la realización de estudios de evaluación, cuantificación y verificación de las reservas de hidrocarburos. 2. Aprobar los resultados de dichos estudios, registrar los volúmenes de reservas y autorizar su difusión. 3. Realizar, en apoyo a la conducción de la política energética del país, estudios sobre el comportamiento y evolución de los mercados y precios de hidrocarburos y demás aspectos relacionados con las áreas de su competencia, siempre que le sean autorizados o solicitados por el subsecretario de hidrocarburos. 4. Tener a su cargo el registro petrolero, conforme a lo siguiente: a) el funcionamiento del registro petrolero, así como su composición, se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo. b) el sistema registral que se adopte será autorizado por escrito por el subsecretario de hidrocarburos. c) el Titular de la Dirección General y el servidor público que tenga el carácter de registrador podrán suscribir conjunta o separadamente los documentos que se requieran para el funcionamiento del mismo. 5. Tener a su cargo el catastro petrolero, atendiendo a los lineamientos y normas técnicas que, en su caso, emita la dependencia encargada de aplicar la leyde información, estadística y geográfica. 6. Otorgar a Petróleos Mexicanos y su organismo subsidiario competente, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, permisos de reconocimiento y exploración superficial de terrenos para fines de investigación de sus posibilidades petrolíferas, así como recibir los informes del organismo permisionario relativos a los trabajos efectuados al amparo de cada permiso y a los resultados obtenidos y vigilar el cumplimiento de las condiciones que se establezcan en dichos permisos. 7. Otorgar o, en su caso negar o cancelar, las asignaciones de terrenos...

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