Secretaría del Trabajo y Previsión Social - REF:007931
Fecha de disposición | 08 Mayo 2013 |
Fecha de publicación | 08 Mayo 2013 |
Sección | SEPTIMA. Convocatorias para Concursos de Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal |
Secretaría del Trabajo y Previsión Social CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 126 Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en los artículos 21, 23, 24, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 5, 17, 18, 32 Fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 47, y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007 y Numerales 174, 175, 185, 195, 196, 197, 200, 201, 248 y 252 de las Disposiciones en las Materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, establecidas por Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, 29 de agosto de 2011 y 6 de septiembre de 2012, emiten la siguiente: CONVOCATORIA PÚBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal del concurso para ocupar las siguientes 34 plazas:
Denominación | PROFESIONAL DICTAMINADOR DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN RESPONSABILIDADES | ||
Adscripción | ÓRGANO INTERNO DE CONTROL | ||
Grupo, Grado y Nivel del Puesto | PQ2 | Número de vacantes | 1 (UNA) |
Remuneración Mensual Bruta | $8,908.53 (OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO PESOS 53/100 M.N.) | ||
Código de puesto y Ciudad | 14-115-1-CFPQ002-0000137-E-C-U | DISTRITO FEDERAL | |
FUNCIONES PRINCIPALES | |||
F1.-Elaborar proyectos de citatorios, para la audiencia de la Ley de Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, previsto en el artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y someterlos a consideración y firma de la o el superior jerárquico. F2.-Elaborar proyectos de oficios, acuerdos de recepción de documentos y de trámite, para dar continuidad al procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades y someterlos a consideración y firma de la o el superior jerárquico. F3.-Apoyar a la/el Titular del Área de Responsabilidades en la celebración de la audiencia prevista en el artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos, para la prosecución del procedimiento administrativo de responsabilidades. F4.-Elaborar los proyectos de resolución que ponen fin al procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades de los servidores públicos y someterlos a consideración y firma de la o el superior jerárquico. F5.-Realizar en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, las notificaciones de oficios, citatorios para audiencia de la Ley de Acuerdos de Trámite a los probables responsables y otros, para la prosecución del procedimiento administrativo de responsabilidades. F6.-Integrar, clasificar, ordenar y foliar los expedientes que se deriven de las actividades propias sustantivas del área, para su guarda y custodia. F7.- Registrar y mantener actualizado el Sistema de Procedimientos Administrativos de Responsabilidades (SPAR), respecto de los asuntos a su cargo, con el propósito de conocer el estado en que se encuentra cada uno de los procedimientos administrativos. | |||
PERFIL Y REQUISITOS | |||
Escolaridad | Carrera Genérica: Derecho Nivel de estudios: Licenciatura o Profesional Grado de Avance: Terminado o Pasante | ||
Experiencia | Un año en: Derecho y Legislación Nacionales. Administración Pública. | ||
Habilidades | Actitud de Servicio en el Órgano Interno de Control en la STPS Comunicación en el Órgano Interno de Control en la STPS | ||
Conocimientos | Actuación Jurídica de la Autoridad Administrativa Atención Ciudadana (Quejas y Denuncias) | ||
Idiomas | No aplica | ||
Otros | Disponibilidad para viajar | ||
Denominación | INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO | ||
Adscripción | DELEGACIÓN FEDERAL DEL TRABAJO EN CHIHUAHUA, ESTADO DE MÉXICO, MICHOACÁN, NAYARIT, TAMAULIPAS, CAMPECHE, HIDALGO Y ZACATECAS. | ||
Grupo, Grado y Nivel del Puesto | PQ2 | Número de vacantes | 14 (CATORCE) |
Remuneración Mensual Bruta | $8,908.53 (OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO PESOS 53/100 M.N.) | ||
Código de puesto y Ciudad | 14-128-1-CF11808-0000047-E-C-P | HIDALGO DEL PARRAL, CHIHUAHUA | |
14-128-1-CFPQ002-0000028-E-C-A | HIDALGO DEL PARRAL, CHIHUAHUA | ||
14-135-2-CF11808-0000033-E-C-P | NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO | ||
14-136-2-CF11808-0000011-E-C-P | MORELIA, MICHOACÁN | ||
14-138-1-CFPQ002-0000017-E-C-A | TEPIC, NAYARIT | ||
14-138-2-CF11808-0000011-E-C-T | TEPIC, NAYARIT | ||
14-148-1-CFPQ002-0000034-E-C-A | TAMPICO, TAMAULIPAS | ||
14-124-2-CF11808-0000012-E-C-P | CAMPECHE, CAMPECHE | ||
14-124-2-CF11808-0000013-E-C-P | CAMPECHE, CAMPECHE | ||
14-133-1-CFPQ002-0000018-E-C-A | PACHUCA, HIDALGO | ||
14-148-2-CF11808-0000021-E-C-T | CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS | ||
14-152-1-CFPQ002-0000021-E-C-A | GUADALUPE, ZACATECAS | ||
14-152-2-CF11808-0000011-E-C-P | GUADALUPE, ZACATECAS | ||
14-152-2-CF11808-0000012-E-C-P | GUADALUPE, ZACATECAS | ||
FUNCIONES PRINCIPALES | |||
F1.-Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación, para vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral. F2.-Interrogar solo/a o ante testigos a las y los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las Normas de Trabajo, para determinar el nivel de cumplimiento por parte de los centros de trabajo. F3.-Exigir la presentación de libros, registros y otros documentos a que obliguen las Normas de Trabajo, para constatar la correcta vigilancia de la Normatividad Laboral. F4.-Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan una violación a las Normas de Trabajo o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para aprobar, renovar y vigilar su operación. F5.-Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las Condiciones Generales de Trabajo, capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores, y otras materias reguladas por la Legislación Laboral que por su importancia así lo requieran, para detectar las desviaciones y proporcionar las observaciones y recomendaciones correspondientes. | |||
PERFIL Y REQUISITOS | |||
Escolaridad | Carrera Genérica: No aplica Nivel de estudios: Preparatoria o Bachillerato Grado de Avance: Terminado o Pasante | ||
Experiencia | No aplica. | ||
Habilidades | Comunicación Asertiva Actitud en el Servicio | ||
Conocimientos | Inspección Laboral Seguridad y Salud en el Trabajo | ||
Idiomas | No aplica | ||
Otros | Disponibilidad para viajar Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo) I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes; III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones; IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones; V.- No ser ministro de culto; y VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal. |
Denominación | INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO | ||
Adscripción | DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FEDERAL DEL TRABAJO | ||
Grupo, Grado y Nivel del Puesto | PQ2 | Número de vacantes | 2 (DOS) |
Remuneración Mensual Bruta | $8,908.53 (OCHO MIL NOVECIENTOS OCHO PESOS 53/100 M.N.) | ||
Código de puesto y Ciudad | 14-210-1-CF11808-0000109-E-C-A | DISTRITO FEDERAL | |
14-210-1-CF11808-0000133-E-C-A | DISTRITO FEDERAL | ||
FUNCIONES PRINCIPALES | |||
F1.-Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación, para vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral. F2.-Interrogar solo/a o ante testigos a las y los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las Normas de Trabajo, para determinar el nivel de cumplimiento por parte de los centros de trabajo. F3.-Exigir la presentación de libros, registros y otros documentos a que obliguen las Normas de Trabajo, para constatar la correcta vigilancia de la Normatividad Laboral. F4.-Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan una violación a las Normas de Trabajo o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para aprobar, renovar y vigilar su operación. F5.-Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las Condiciones Generales de Trabajo, capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores, y otras materias reguladas por la Legislación Laboral que por su importancia así lo requieran, para detectar las desviaciones y proporcionar las observaciones y recomendaciones correspondientes. | |||
PERFIL Y REQUISITOS | |||
Escolaridad | Carrera Genérica: No aplica Nivel de estudios: Preparatoria o Bachillerato Grado de Avance: Terminado o Pasante | ||
Experiencia | No aplica. | ||
Habilidades | Comunicación Asertiva Actitud en el Servicio | ||
Conocimientos | Inspección Laboral Seguridad y Salud en el Trabajo | ||
Idiomas | No aplica | ||
Otros | Disponibilidad para viajar Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo) I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos; II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes; III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones; IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones; V.- No ser ministro de culto; y VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal. | ||
Denominación | PROFESIONAL DICTAMINADOR DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN ANÁLISIS |
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