Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el H. Ayuntamiento de Tenango del Valle, Estado de México, con el objeto de realizar acciones del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos para el ejercicio fiscal 2013, a través del proyecto denominado Elaboración de Atlas de Riesgos del Municipio de Tenango del Valle

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, REPRESENTADA POR EL C.P. FERNANDO CARLOS PORTILLA GALÁN, DELEGADO EN EL ESTADO DE MÉXICO, Y POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE TENANGO DEL VALLE, REPRESENTADO POR C. VÍCTOR MANUEL AGUILAR TALAVERA, PRESIDENTE MUNICIPAL; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU" Y "EL MUNICIPIO" RESPECTIVAMENTE, Y DE MANERA CONJUNTA "LAS PARTES", Y COMO TESTIGOS DE ESTE ACTO EL L.A.E. ÓSCAR GUSTAVO CÁRDENAS MONROY, SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Y EL C. JOSÉ ALFREDO TORRES MARTÍNEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; CON EL OBJETO DE REALIZAR ACCIONES DEL PROGRAMA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, A TRAVÉS DEL PROYECTO DENOMINADO ELABORACIÓN DE ATLAS DE RIESGOS DEL MUNICIPIO DE TENANGO DEL VALLE, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, en su artículo 31 establece que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" se destinarán en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la declaratoria de zonas de atención prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza, a través, de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación, seguridad social y programas asistenciales, el desarrollo regional, la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía, conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas, los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

  2. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, en su artículo 41 y Transitorios Cuarto y Sexto, a partir del presente ejercicio fiscal, el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos fue asignado a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

  3. El Ejecutivo Federal, a través del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" ha instrumentado el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, cuyo objetivo general es contribuir al fortalecimiento de las capacidades de los municipios en materia de prevención de riesgos, a través de las obras y acciones que reduzcan la vulnerabilidad de la población ante el impacto de fenómenos naturales.

  4. "LAS PARTES" han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos para concretar proyectos que reduzcan el riesgo de ocurrencia de desastres ante el impacto de fenómenos naturales, mediante acciones, obras de prevención y mitigación en los asentamientos humanos.

    DECLARACIONES

  5. "LA SEDATU", POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES DECLARA:

    1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal, centralizada de conformidad a lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que de conformidad con lo dispuesto en las fracciones I y X del artículo 41 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones: I. Impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación

      de políticas que armonicen: a) El crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población; y c) El desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además, de los centros de población en general, así como, su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios. Asimismo, planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente...

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