Acuerdo Secretarial 27 por el que se reforma y adiciona la Directiva 003/09 del 30 de septiembre de 2009, mediante la cual se regula el uso legítimo de la fuerza por parte del personal naval, en cumplimiento del ejercicio de sus funciones, en coadyuvancia al mantenimiento del Estado de Derecho

Fecha de disposición30 Septiembre 2009
Fecha de publicación23 Abril 2012
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE MARINA
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.- Secretario. ACUERDO SECRETARIAL NUM. 27

MARIANO FRANCISCO SAYNEZ MENDOZA, Almirante Secretario de Marina y Alto Mando de la Armada de México, con fundamento en los artículos 9, 12 y 30 fracciones I, IV, V, VII, XX, XXV y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 y 21 de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, 25 y 26 del Reglamento General de Deberes Navales y; en ejercicio de las atribuciones que establecen los artículos 1 y 2 fracciones II, III, IV, VI, VIII, IX y XV, 5 fracción II y 7 fracciones II, III y VIII de la Ley Orgánica de la Armada de México y 1, 3 y 5 fracciones I y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su primer artículo que en los Estados Unidos Mexicanos, todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en esta Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo los casos y bajo las condiciones que dicha Constitución establece;

Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho a la seguridad pública, al establecer que ésta es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala;

Que todas la autoridades en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los Derechos Humanos en los términos que establezca la Ley;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece una estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases sólidas, realistas y, sobre todo, responsables, y

Que el día 9 de diciembre de 2011, el Ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos y, en particular, al entregar el Premio Nacional 2011, instruyó a las Dependencias Federales para que hagan públicas y, de ser necesario, actualicen sus Directivas e Instrumentos aplicables en el Uso Legítimo de la Fuerza, indispensables para asegurar la integridad y eficacia de las investigaciones ministeriales, tal como establece el marco legal aplicable en México; he tenido a bien expedir el presente:

ACUERDO por el que se reforma y adiciona la DIRECTIVA 003/09 del 30 de septiembre de 2009, mediante la cual se regula el uso legítimo de la fuerza por parte del personal naval, en cumplimiento del ejercicio de sus funciones...

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