Acuerdo de Coordinación que celebran las secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública y el Estado de Tamaulipas, para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud

Fecha de disposición12 Abril 2012
Fecha de publicación12 Abril 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación que celebran las secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública y el Estado de Tamaulipas, para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LAS SECRETARIAS DE SALUD, EN ADELANTE "SALUD", REPRESENTADA POR SU TITULAR, DR. JULIO JOSE FRENK MORA, ASISTIDO LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, LIC. MARIA EUGENIA LEON-MAY Y POR EL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD, DR. HECTOR HERNANDEZ LLAMAS; DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, EN LO SUCESIVO "SHCP", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. FRANCISCO GIL DIAZ Y DE LA FUNCION PUBLICA, EN ADELANTE "SFP", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. EDUARDO ROMERO RAMOS, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. TOMAS YARRINGTON RUVALCABA, ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, LIC. MERCEDES DEL CARMEN GUILLEN VICENTE, EL SECRETARIO DE FINANZAS C. JAVIER VILLARREAL SALAZAR, LA CONTRALORA GUBERNAMENTAL, LIC. AIDA ARACELI ACUÑA CRUZ, Y EL SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO Y DIRECTOR GENERAL DEL O.P.D. "SERVICIOS DE SALUD DE TAMAULIPAS" DR. HECTOR LOPEZ GONZALEZ, PARA LA EJECUCION DEL SISTEMA DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD, EN LA ENTIDAD. ANTECEDENTES
  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 prevé el fortalecimiento de los sistemas de salud en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, a fin de elevar la cobertura a toda la población mediante estrategias conjuntas que permitan mejorar la calidad y oportunidad de los servicios, evitando la duplicidad de las acciones. En concordancia, el Programa Nacional de Salud 2001-2006, busca brindar protección financiera en materia de salud a toda la población, a través de un sistema que garantice la oportunidad, equidad y calidad en la prestación de los servicios. II.- Con fecha del 15 de mayo de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud mediante el cual se creó el Sistema de Protección Social en Salud, con lo que se estableció a nivel de ley el Sistema de Protección Financiera y de Prestación de los Servicios de Salud previstos en el Plan y Programa antes referidos. De esta forma se logrará que el aseguramiento en materia de salud se extienda a todos los mexicanos a través de la conformación de un nuevo esquema de financiamiento y atención integral a la salud que complemente las acciones que hoy se desarrollan. III.- El artículo 77 bis 6 de la Ley General de Salud establece que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, y los gobiernos de las entidades federativas, celebrarán acuerdos de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 4, 73, fracción XVI, 26 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 22, 26, 31, 37 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3 fracciones I, II, II bis, 5, 13, 17 fracción IX, 23, 28, 35, 77 bis 5, 77 bis 6 y 77 bis 13 de la Ley General de Salud; 33, 34, 35, 36 y 44, de la Ley de Planeación; 1, 2, 4, 5 y 25 de la Ley de Presupuesto y Contabilidad y Gasto Público Federal, y Décimo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2003 y demás disposiciones legales aplicables, las partes suscriben el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con las siguientes: DECLARACIONES

  2. "SALUD" DECLARA: I.1.- Que de conformidad con lo establecido por los Artículos 1o. y 2o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada y que de acuerdo con el artículo 39 de la misma Ley, le corresponde establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad, entre otras atribuciones. I.2.- Que la facultad de su titular para celebrar el presente convenio se encuentra establecida en el Artículo 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. I.3.- Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Lieja número 7, planta baja, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. II. "EL ESTADO" DECLARA: II.1.- Que de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 41, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es un Estado Libre y Soberano que forma parte de la Federación, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobernador del Estado, quien puede suscribir convenios y contratos en nombre del mismo, en unión del Secretario General de Gobierno, con base en lo dispuesto por los artículos 91, fracción XXI, y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, y 1o., 2o., 6o., 7o., 10, 21 fracciones I, II, III bis 1, y VII, 22, 24, 25 bis 1 y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, con la participación de los titulares de las dependencias a las que el asunto corresponda. II.2.- Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en 15 y 16 Juárez, Palacio de Gobierno, tercer piso, Zona Centro, en Ciudad Victoria, Tamaulipas. CLAUSULAS

OBJETO

PRIMERA.- El presente Acuerdo de Coordinación, en lo sucesivo el "Acuerdo", tiene por objeto establecer las bases, compromisos y responsabilidades de las partes para la ejecución en el Estado de Tamaulipas, del Sistema de Protección Social en Salud, en adelante "SPSS", en los términos de la Ley General de Salud, en adelante la "Ley", su Reglamento en materia de Protección Social en Salud, en adelante el "Reglamento", y demás disposiciones aplicables, para lo cual las partes se sujetarán a lo previsto en este "Acuerdo" y los anexos que forman parte integral del mismo. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

SEGUNDA.- Para la ejecución del presente "Acuerdo", "SALUD" se compromete a: I. Establecer, desarrollar, coordinar y supervisar las bases para la regulación del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, en adelante "EL REGIMEN ESTATAL" en el Estado de Tamaulipas, con base en el plan estratégico de desarrollo del "SPSS" y aplicar, en su caso, las medidas correctivas que sean necesarias, tomando en consideración la opinión de "EL ESTADO"; II. Difundir y asesorar a "EL ESTADO" en el cumplimiento de los lineamientos que emita para la integración y administración del padrón de beneficiarios; III. Dar a conocer y orientar a "EL ESTADO" en la aplicación del instrumento para evaluar la capacidad de pago de las familias beneficiarias residentes en la entidad para efectos del pago de la cuota familiar; IV. Coordinar con "EL ESTADO" la elaboración y publicidad de los materiales de sensibilización, difusión, promoción y metodología de capacitación que se utilizarán en la operación del "SPSS"; V. Realizar la transferencia de recursos que correspondan a la Federación para la ejecución en el Estado de Tamaulipas del "SPSS", conforme a lo señalado en la "Ley", el "Reglamento" y el presente "Acuerdo"; VI. Coadyuvar en la consolidación del "SPSS" en el Estado de Tamaulipas llevando a cabo las acciones necesarias para evaluar la capacidad, seguridad y calidad de los prestadores de servicios del mismo, a través de la acreditación correspondiente; VII. Llevar a cabo en coordinación con "EL ESTADO" el seguimiento, control y evaluación integral de la operación del "SPSS" en la entidad, y coadyuvar en la fiscalización de los fondos que lo sustenten, incluyendo aquellos recursos destinados al mantenimiento y desarrollo de la infraestructura y equipamiento; VIII. Administrar el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos y la Previsión Presupuestal que se constituyan en los términos de la "Ley" y el "Reglamento"; IX. Elaborar en coordinación con los Servicios de Salud de Tamaulipas el Plan Maestro de Infraestructura, de aplicación en toda la República, y participar en los términos de las disposiciones jurídicas específicas aplicables a la expedición de los certificados de necesidad, y X. Coadyuvar con "EL ESTADO" en la operación de un sistema de compensación económica que facilite el intercambio de servicios con los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud de otras entidades federativas. TERCERA.- Para la ejecución del presente "Acuerdo", "EL ESTADO" se compromete a: I. Realizar las acciones jurídicas que sean necesarias para constituir "EL REGIMEN ESTATAL" en el Estado de Tamaulipas, en un plazo que no exceda de tres meses calendario a partir de la vigencia del presente Acuerdo; II. Llevar a cabo las acciones de identificación de grupos de familias a beneficiar, de promoción y de difusión, así como de incorporación de familias a los beneficios que en materia de protección social en salud se provean por "EL ESTADO"; III. Administrar el padrón de beneficiarios del Estado de Tamaulipas en los términos de las disposiciones aplicables; IV. Prestar los servicios de salud a que se refiere la Cláusula Cuarta del "Acuerdo", así como disponer lo los recursos humanos y suministro de insumos y medicamentos para su oferta oportuna y de calidad; V. Apoyar a los solicitantes de incorporación al "SPSS" en la obtención de actas de nacimiento y Clave Unica de Registro de Población, para favorecer la afiliación; VI. Realizar la evaluación de la capacidad económica de las familias, conforme a los lineamientos que fije "SALUD", para establecer el nivel de cuota familiar que les corresponda, e identificar aquellas familias sujetas al esquema no contributivo; VII. Remitir a "SALUD", en los primeros quince días naturales de cada trimestre calendario, la información de las familias incorporadas al padrón de "SPSS" en el trimestre anterior, que incluya la cantidad de familias afiliadas y su...

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