Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos provenientes del Fondo para la Infraestructura y Equipamiento para Programas de Atención a Grupos Vulnerables: niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, para el Fortalecimiento de la Oferta de Servicios de Salud (FOROSS), que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición10 Septiembre 2015
Fecha de publicación10 Septiembre 2015
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos provenientes del Fondo para la Infraestructura y Equipamiento para Programas de Atención a Grupos Vulnerables: niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, para el Fortalecimiento de la Oferta de Servicios de Salud (FOROSS), que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chiapas. SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO PARA PROGRAMAS DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES: NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y PERSONAS ADULTAS MAYORES, PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA OFERTA DE LOS SERVICIOS DE SALUD (FOROSS), NÚMERO DGPLADES-CETR-GV-FOROSS-CHIS-01/12, CELEBRADO EN FECHA 4 DE JULIO DE 2012, AL QUE EN ADELANTE SE DENOMINARÁ "EL CONVENIO", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LUIS RUBÉN DURÁN FONTES, EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS GRACIA NAVA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL DR. CARLOS EUGENIO RUÍZ HERNÁNDEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA MTRA. JUANA MARÍA DE COSS LEÓN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE HACIENDA, Y A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que en fechas 2 y 4 de julio de 2012 "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" y "LA SECRETARÍA", respectivamente, celebraron el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos, provenientes del Fondo para la Infraestructura y Equipamiento para Programas de Atención a Grupos Vulnerables: niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, y personas adultas mayores, para el Fortalecimiento de la Oferta de los Servicios de Salud (FOROSS), número DGPLADES-CETR-GV-FOROSS-CHIS-01/12, "EL CONVENIO", cuyo objeto se establece en su Cláusula PRIMERA y de conformidad con sus Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5, los cuales forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

  2. Que en la Cláusula SEGUNDA dentro del apartado de PARÁMETROS en su inciso d) de "EL CONVENIO" se establece que: "La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo a la normatividad aplicables e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el caso o casos en que los recursos presupuestales "Subsidios" no hayan sido aplicados por "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" para los fines objeto del presente convenio de conformidad con su Cláusula PRIMERA y los Anexos 3 y 3.1, ocasionando como consecuencia, que "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" proceda a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO"."

  3. En la Cláusula OCTAVA de "EL CONVENIO" se estableció que "EL CONVENIO" comenzaría a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto, conforme a lo previsto en la Cláusula PRIMERA.

  4. Que en el primer párrafo de la Cláusula NOVENA de "EL CONVENIO" las partes acordaron: "...que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO".

  5. Que en fecha 15 de marzo de 2013 "LAS PARTES" suscribieron el Convenio Modificatorio a "EL CONVENIO", con número DGPLADES-FOROSS-GV-CHIS-CONV.MODIF.-01/13, al que en lo sucesivo se denominará como "EL CONVENIO MODIFICATORIO", por el que se modificó el Anexo 3.1 de "EL CONVENIO", ampliando el calendario de ejecución de los proyectos que se detallan en el mismo hasta el 31 de diciembre de 2013.

  6. Que debido a la importancia que representa el realizar las acciones para Fortalecer la Infraestructura de los Servicios de Salud, con la finalidad de cumplimentar las metas programadas, dar continuidad a su ejecución y alcanzar la realización de las acciones objeto de "EL CONVENIO" y de "EL CONVENIO MODIFICATORIO" en tiempo y forma, se requiere ampliar el calendario de ejecución de las acciones y proyectos, por lo que resulta necesario modificar el apartado del calendario de ejecución establecido en el Anexo 3.1 de "EL CONVENIO MODIFICATORIO", a efecto de atender la necesidad que tiene "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" de ampliar el calendario de ejecución de los proyectos objeto de "EL CONVENIO" y de "EL CONVENIO MODIFICATORIO" hasta el 30 de junio de 2014, para dar continuidad a su ejecución y alcanzar los objetivos establecidos en "EL CONVENIO", buscando que estos se lleven conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

    DECLARACIONES

  7. DE "LAS PARTES":

    I.1 Que reconocen su personalidad jurídica con la que intervienen en el presente instrumento jurídico, y ratifican todas y cada una de las declaraciones de "EL CONVENIO" y de "EL CONVENIO MODIFICATORIO".

    I.2 Que es su voluntad el suscribir el presente convenio modificatorio en los términos que se planean.

    Una vez expuesto lo anterior, "LAS PARTES" están de acuerdo en suscribir el presente instrumento al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Se modifica de "EL CONVENIO" y de "EL CONVENIO MODIFICATORIO" su Anexo 3.1 de conformidad con el documento anexo al presente instrumento jurídico, para los efectos procedentes.

    SEGUNDA.- "LAS PARTES" convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico no se modifican, alteran o innovan las obligaciones pactadas en "EL CONVENIO" y de "EL CONVENIO MODIFICATORIO" por lo que ratifican y subsisten en su totalidad las demás Cláusulas y Anexos de "EL CONVENIO".

    TERCERA.- El presente Convenio Modificatorio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de "LA ENTIDAD".

    Enteradas las partes del contenido y consecuencias legales del presente Convenio Modificatorio lo firman por cuadruplicado, a los 30 días del mes de diciembre de 2013.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Luis Rubén Durán Fontes.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Carlos Gracia Nava.- Rúbrica.- Por el Poder Ejecutivo del Estado: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, Carlos Eugenio Ruíz Hernández.- Rúbrica.- La Secretaria de Hacienda, Juana María de Coss León.- Rúbrica.

ANEXO 3.1

DEL CONVENIO No. DGPLADES-CETR-GV-FOROSS-CHIS-01/12

FORTALECIMIENTO DE LAS REDES DE LOS SERVICIOS DE SALUD "FOROSS" EN EL ESTADO DE CHIAPAS

"FONDO PARA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO PARA PROGRAMAS DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES: NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS ADULTAS MAYORES"

DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS

NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
FORTALECIMIENTO DE OFICINAS CENTRALES PARA EL ACCESO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Tipo de acción:
Dignificación ( ) Conservación ( X ) Mantenimiento ( X )
Nombre del programa autorizado por el gobierno de la entidad federativa:
Programa de Atención para Grupos Vulnerables
Tipo de programa(s) autorizado por la Entidad Federativa:
Estatal ( X )
Municipal ( )
De Organización social avalada por la Entidad Federativa ( )
Grupo vulnerable al que atiende e incluye:
Niñas y niños ( X ) Adolescentes ( )
Personas con discapacidad ( X )
Personas adultas mayores ( X )
Población beneficiada:
El área de influencia y rango de atención del proyecto cubre la atención de 489,473 personas
Monto a ejercer en la acción o proyecto:
Equipamiento $ 0.00
Obra Pública $2´790,000.00
Total $2´790,000.00
Calendario de ejecución:
Al 30 de Junio del 2014

Justificación (detallada) de la acción o proyecto:
Cuando hablamos de barreras arquitectónicas a las que se enfrenta una persona con discapacidad ya sea permanente o temporal y que tiene como apoyo una silla de ruedas, bastón muletas, o una andadera, son los obstáculos físicos con los que se enfrenta y que le impiden llegar, acceder o moverse por un edificio, lugar o zona en particular.
El edificio que ocupa el personal de las oficinas centrales del Instituto de Salud laboran aproximadamente 2000 personas diariamente y se estima que acuden diariamente 500 personas a realizar diversos trámites relacionados a la atención de la salud; el edificio está conformado de dos niveles y la planta baja, los baños están ubicados en los niveles intermedios de la planta baja y primer nivel; primer nivel y segundo nivel; segundo nivel y losa de azotea, así los baños para hombres se ubican entre el primer y segundo nivel; mujeres entre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR