Norma Oficial Mexicana NOM-155-SEMARNAT-2007, Que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata

DOF, 15 de Enero de 2010Poder Ejecutivo › Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Norma Oficial Mexicana NOM-155-SEMARNAT-2007, Que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. SANDRA DENISSE HERRERA FLORES, Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 Bis fracciones I, III, IV y V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4 y 8 fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 5 fracciones II, V, VI, XIV; 6; 15 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII; 36; 37; 37 BIS; 93; 99 fracción XI; 108; 109; 150; 151; y 152 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 2 fracciones III, IX; 7 fracción III; y 17 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; y 34 de su Reglamento; 38 fracción II; 40 fracciones I y X; 43; y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 33 de su Reglamento.

CONSIDERANDO

Que tanto el crecimiento industrial como de la población han contribuido a la generación de impactos ambientales, algunos de ellos considerables para el equilibrio ecológico y el ambiente.

Que el establecimiento de criterios ecológicos para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo, en particular por los impactos generados por las actividades de beneficio y aprovechamiento de sustancias minerales, así como por las acciones que alteran la cubierta y suelos forestales, está considerado en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, como asunto de alcance general de la Nación y de interés de la Federación.

Que para prevenir y controlar los efectos generados en la exploración y explotación de los recursos no renovables en el equilibrio ecológico e integridad de los ecosistemas, la Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas que permitan la adecuada ubicación y formas de los depósitos de residuos de sistemas de lixiviación y establecimiento de beneficio de los minerales.

Que debido a los impactos significativos que los residuos provenientes de plantas de beneficio de minerales producen sobre el medio ambiente, se hace necesario su control.

Que los patios de lixiviación son uno de los sistemas para la disposición de los residuos sólidos generados por el beneficio de minerales contemplados en el artículo 17 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y deben reunir condiciones de máxima seguridad, a fin de garantizar la protección de la población, las actividades económicas y sociales y, en general, el equilibrio ecológico.

Que el método de prueba que establece el procedimiento para determinar la peligrosidad de los minerales lixiviados o gastados, propuesto en este proyecto de Norma Oficial Mexicana fue desarrollado y estandarizado para determinar las características que los hacen peligrosos por su toxicidad a matrices sólidas, como son los residuos mineros y que está aceptado por la comunidad científica nacional e internacional.

Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con fecha veintiocho de febrero de dos mil ocho se publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-155-SEMARNAT-2007, Que establece los requisitos de protección ambiental para los sistemas de lixiviación de minerales de oro y plata, en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de que los interesados en un plazo de 60 días naturales posteriores a la fecha de su publicación presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, cuarto piso, Fraccionamiento Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, de esta Ciudad.

Que durante el mencionado plazo, la manifestación de impacto regulatorio del citad...

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