Resolución que declara como terreno nacional el predio Sociedad Las Escobas, expediente número 510353, Municipio de Jalpan de Serra, Qro.
Fecha de disposición | 18 Marzo 2008 |
Fecha de publicación | 18 Marzo 2008 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Resolución que declara como terreno nacional el predio Sociedad Las Escobas, expediente número 510353, Municipio de Jalpan de Serra, Qro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.
RESOLUCION
Visto para resolver el expediente número 510353, y
RESULTANDOS
1o.- Que en la Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, se encuentra el expediente número 510353, relativo al procedimiento de investigación, deslinde y levantamiento topográfico respecto del presunto terreno nacional denominado por el grupo promoverte como "Sociedad Las Escobas", con una superficie de 196-20-06 (ciento noventa y seis hectáreas, veinte áreas, seis centiáreas), localizado en el Municipio de Jalpan de Serra del Estado de Querétaro.
2o.- Que con fecha 21 de diciembre de 1994 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso de deslinde con el propósito de realizar, conforme al procedimiento, las operaciones de deslinde que fueran necesarias.
3o.- Que como se desprende del dictamen técnico número 715964, de fecha 24 de mayo de 2007, emitido en sentido positivo, el predio en cuestión tiene las coordenadas de ubicación geográfica y colindancias siguientes:
De latitud Norte 21 grados, 24 minutos, 03 segundos; y de longitud Oeste 99 grados, 21 minutos, 30 segundos, y colindancias:
AL NORTE: Predio Sociedad El Guayabito
AL SUR: Predios Potrero El Coco y Sociedad El Coquito
AL ESTE: Pequeñas propiedades del Plan de Tancoyol
AL OESTE: Predio Sociedad Piedras Negras
CONSIDERANDOS
I.- Esta Secretaría es competente para conocer y resolver sobre la procedencia o improcedencia de la resolución que declare o no el terreno como nacional en torno al predio objeto de los trabajos de deslinde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 constitucional; 160 de la Ley Agraria; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 111, 112, 113 y 115 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, así como 4o., 5o. fracción XIX, 6o. y 12 fracciones I y II, de su Reglamento Interior.
II.- Una vez revisados los trabajos de deslinde, a fin de verificar que éstos se desarrollaron con apego a las normas técnicas, habiéndose realizado los avisos, notificaciones y publicaciones que exigen los...
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