Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial para el ejercicio fiscal 2014

Fecha de disposición14 Febrero 2014
Fecha de publicación14 Febrero 2014
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial para el ejercicio fiscal 2014. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 4 y 12, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 27, fracciones VIII, X, XIII bis, XVIII y XLIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 y 10, apartado A del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, así como 5, fracción XLI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo noveno, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas;

Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo;

Que el eje en torno al cual se desarrolla el Sistema Nacional de Seguridad Pública, es la coordinación entre las instancias de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, con lo cual se hace necesario contar con las instancias, instrumentos, políticas y acciones tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública;

Que la seguridad pública se realiza por conducto de las autoridades que en razón de sus atribuciones, contribuyen directa o indirectamente a regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

Que el artículo 74, párrafo segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de Subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables;

Que el artículo 10, apartado A, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece que se destinan $2,668'400,000.00 (dos mil seiscientos sesenta y ocho millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), para el otorgamiento de Subsidio a las entidades federativas que cuenten con programas en materia de equipamiento y reorganización de estructuras de mando policial, para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial, los cuales se otorgarán a aquellas entidades federativas que cumplan los lineamientos que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación;

Que el artículo señalado en el párrafo anterior establece que los presentes Lineamientos contendrán, por lo menos, la distribución de los recursos a las entidades federativas bajo criterios de población beneficiada, incidencia delictiva y cobertura territorial de las instituciones estatales de seguridad pública, así como las bases para la evaluación de la aplicación de dichos recursos y sus resultados;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Vigésima Octava Sesión celebrada el 3 de junio de 2010, aprobó el Acuerdo 03/XXVIII/10, pronunciándose a favor de un Modelo Policial que cuente con 32 policías estatales, cada una con un mando único y confiable, apoyado por la Policía Federal, para lo cual, los Gobiernos Estatales se comprometen a gestionar y analizar las acciones necesarias para garantizar la operación homogénea de sus Instituciones Policiales;

Que por otro lado, el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Trigésima Primera Sesión celebrada el 31 de octubre de 2011, mediante Acuerdo 10/XXXI/11, aprobó los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su estructura y los Programas con Prioridad Nacional para alcanzarlos, vinculados al ejercicio de fondos, Subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorguen a las entidades federativas en materia de seguridad pública;

Que el artículo 4 del Anexo III del Acuerdo referido en el párrafo anterior, establece que el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su carácter de instancia superior de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, instruye en un marco de respeto a las atribuciones de la Federación, a las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal para que en el ejercicio de los recursos tanto federales como locales, se atienda a la implementación de los Ejes Estratégicos a través del desarrollo de los Programas con Prioridad Nacional;

Que de igual manera, el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Segunda Sesión Extraordinaria celebrada el 17 de diciembre de 2012, mediante acuerdo 05/II-SE/2012, se compromete a llevar a cabo las acciones necesarias para establecer en el país los modelos de Mando Único o Policía Estatal Coordinada, asimismo, los gobiernos estatales se comprometen a suscribir convenios de colaboración para que la designación de los mandos estatales y municipales se realice de manera coordinada entre los tres órdenes de gobierno, y que antes de ser designados hayan sido evaluados y certificados, y cumplan con el programa de capacitación de mandos, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y

Que por lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE SUS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA EN MATERIA DE MANDO POLICIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

DE LAS DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1

Los Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones para la asignación, planeación, programación, presupuestación, ejercicio, vigilancia, seguimiento y cancelación de los recursos federales del Subsidio a las entidades federativas que cuenten con programas en materia de equipamiento y reorganización de estructuras de mando policial para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial para la implementación de los Ejes Estratégicos a través del desarrollo de los Programas con Prioridad Nacional.

Artículo 2

Para efectos de estos Lineamientos, además de las definiciones establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se entenderá por:

  1. Ahorro presupuestario.- a los remanentes de recursos del presupuesto modificado una vez cumplidas las metas establecidas, entendiendo por metas para efectos de esta definición, el cumplimiento de las contrataciones de los conceptos convenidos en el Anexo Único;

  2. Anexo Único.- al instrumento jurídico que forma parte del Convenio Específico de Adhesión, el cual deberá estar acorde a los Programas con Prioridad Nacional, en el que se incluye destinos de gasto, rubros, acciones, metas, cuadros de conceptos y montos, así como los cronogramas de trabajo;

  3. Bolsa de recursos concursables.- a los recursos del Subsidio no asignados que serán distribuidos a las entidades federativas en términos de los presentes Lineamientos;

  4. Carta bancaria.- constancia que expide una institución financiera sobre la existencia de la cuenta productiva específica abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos, a través de sistemas de pago;

  5. Catálogo.- documento que establece los bienes y servicios que podrán adquirir o contratar los estados y el Distrito Federal para atender los propósitos de los Programas con Prioridad Nacional aprobados por el Consejo Nacional, asociados para la profesionalización y el equipamiento de la Policía Acreditable conformada por las Unidades de Análisis Táctico, de Investigación y de Operación, según corresponda, de los Módulos de la Policía Estatal Acreditable, y/o de Policía

    Ministerial Acreditable y/o de Custodios Acreditables;

  6. Clasificador.- al Clasificador por Objeto de Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que es el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto;

  7. Conceptos.- a los bienes y servicios que refiere un proyecto de inversión asociado a los Programas con Prioridad Nacional aplicables al Subsidio, los cuales se encuentran alineados al Clasificador;

  8. Convenios Específicos de Adhesión.- a los que se celebren entre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y los gobiernos de las entidades federativas en términos de los presentes...

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