Proyecto de Acuerdo mediante el cual se establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de productos y sistemas sujetos al cumplimiento de normas oficiales mexicanas con siglas CONAGUA que carezcan de procedimiento de evaluación de la conformidad específico, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Comisión Nacional del Agua

DOF, 6 de Octubre de 2011Poder Ejecutivo › Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Proyecto de Acuerdo mediante el cual se establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de productos y sistemas sujetos al cumplimiento de normas oficiales mexicanas con siglas CONAGUA que carezcan de procedimiento de evaluación de la conformidad específico, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Comisión Nacional del Agua

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 12 y 32 Bis fracciones II, III, V y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 fracción VI de la Ley de Aguas Nacionales; 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en el artículo 73, establece que las dependencias competentes establecerán, tratándose de las Normas Oficiales Mexicanas, de los procedimientos para la evaluación de la conformidad cuando para fines oficiales requieran comprobar el cumplimiento de las mismas;

Que el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en el artículo 80, establece que, los procedimientos para la evaluación de la conformidad podrán elaborarse en forma general, y podrán incluir la descripción de los requisitos que deben de cumplir los usuarios, los procedimientos aplicables, las consideraciones técnicas y administrativas, el tiempo de respuesta, así como el informe donde consten los resultados de la evaluación de la conformidad que deban de aplicarse;

Que la evaluación de la conformidad es la determinación del grado de cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y comprende entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación;

Que con fin de iniciar el proceso para evaluar la conformidad fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de julio de 1999, el instrumento normativo; "Políticas y procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas NOM-001-CONAGUA-1995, Sistema de alcantarillado sanitario-Especificaciones de hermeticidad y NOM-002-CONAGUA-1995, Toma domiciliaria para abastecimiento de agua potable-Especificaciones y métodos de prueba, competencia de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca por conducto de la Comisión Nacional del Agua". Además complementado el anterior proceso, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2000, el instrumento normativo; "Políticas y procedimientos para la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas NOM-003-CONAGUA-1996, Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos y NOM-004-CONAGUA-1996, Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos para la extr...

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