Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2008
DOF, 20 de Octubre de 2008 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia
Enlazado como:
DOF, 20 de Octubre de 2008 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia
Enlazado como:Extracto
Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2008
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. SUPLEMENTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2008
La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en su carácter de Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, con fundamento en los artículos 58, 59, 60, 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 52 fracción II, 55, 56, 57 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, yCONSIDERANDO Que dentro de los objetivos de la presente administración, tendientes al impulso tanto económico como tecnológico de los distintos sectores de la industria y el comercio, se encuentra el fomento de la producción y prestación de bienes y servicios cada vez más eficientes y con mejores niveles de calidad y, consecuentemente, más competitivos en el mercado nacional e internacional;Que bajo este esquema, el Gobierno Federal ha diseñado e implementado una serie de mejoras regulatorias en los procesos de normalización, con el fin de satisfacer las cada vez más exigentes necesidades de los diferentes sectores económicos en esa materia;Que el Suplemento del Programa Nacional de Normalización en conjunto con el propio Programa Nacional de Normalización conforman el instrumento idóneo para planear, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, tanto en el ámbito obligatorio, como en el voluntario, por lo que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de información y difusión al público en materia de normalización;Que la Comisión Nacional de Normalización es el órgano que a nivel federal está encargado de coadyuvar con la política de normalización y coordinar las actividades que en esta materia corresponde realizar a las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, yQue habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 58 de su Reglamento, el Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización integró el Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2008, el cual fue revisado por el Consejo Técnico de dicha Comisión y aprobado por unanimidad por esta última el 14 de agosto de 2008, ha tenido a bien publicar el siguiente:SUPLEMENTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2008 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES PRESIDENTE: ING. SANDRA DENISSE HERRERA FLORESDIRECCION: BOULEVARD ADOLFO RUIZ CORTINES No. 4209 QUINTO PISO, ALA "A", COL. JARDINES EN LA MONTAÑA, DELEG. TLALPAN, C.P. 14210, MEXICO, D.F.TELEFONOS: 56 28 06 13FAX: 56 28 06 56C. ELECTRONICO: comarnat@semarnat.gob.mxSUBCOMITE I DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y ACTIVIDADES DEL SECTOR PRIMARIO COORDINADOR: LIC. LUIS ALBERTO LOPEZ CARBAJALDIRECCION: BOULEVARD ADOLFO RUIZ CORTINES No. 4209, QUINTO PISO, ALA "A", COL. JARDINES EN LA MONTAÑA, DELEG. TLALPAN, C.P. 14210, MEXICO, D. F.TELEFONOS: 56 28 07 36FAX: 56 28 07 36CORREO ELECTRONICO: luis.lopez@semarnat.gob.mxa) Tema nuevo1. Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SEMARNAT-2004, Que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii.Objetivo: Establecer los requisitos sanitarios que deben cumplir los árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii para garantizar su sanidad en la internación al país de estos productos y es de observancia general en todo el territorio nacional, para quienes se dediquen a su importación comercial y no comercial.Justificación: Los árboles de navidad de importación, de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii, debido a que son plantas con follaje fresco implican un alto riesgo de introducir plagas de cuarentena al territorio nacional, entre ellas la palomilla gitana (Lymantria dispar), el escarabajo barrenador común de los brotes del pino (Tomicus piniperda) y el barrenador europeo de los brotes del pino (Rhyacionia bouliana). También la palomilla gitana y el escarabajo barrenador común de los brotes del pino son plagas que existen en los Estados Unidos de América y Canadá, provocando severos daños y pérdidas económicas. Estas plagas de referencia son de tipo cuarentenario y no se presentan en nuestro país, por lo que de no regularlas, representarían un alto riesgo potencial de causar impactos ecológicos y económicos.Fundamento legal: Artículo 32 bis fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Perfilan un acuerdo en contratos de Pemex | nutritemas / ¿esperas bebé? ¡a comer sano! | Entra Tec de Monterrey a batalla contra el cáncer | Cartas a El Norte / Gobierno tibio | 225254 - matiz soluciones linguisticas, sociedad limitada. | sentencia nº 74/1998 de ap madrid, sección 6ª, april 02, 1998 | Sentencia nº 236/1997 de AP Cáceres, Sección 1ª, October 13, 1997 | sentencia nº 1044/2009 de tsj galicia a coruña sala de lo contencioso december 09 2009