Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el Principio de Mayoría Relativa, presentadas por los partidos políticos nacionales: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialdemócrata, así como por las coaliciones Primero México y Salvemos a México, y las candidaturas a Diputados por el Principio de Representación Proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido del Trabajo y Convergencia, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2008-2009

DOF, 5 de Junio de 2009Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral

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Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el Principio de Mayoría Relativa, presentadas por los partidos políticos nacionales: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialdemócrata, así como por las coaliciones Primero México y Salvemos a México, y las candidaturas a Diputados por el Principio de Representación Proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido del Trabajo y Convergencia, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2008-2009

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG173/2009. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD SUPLETORIA, SE REGISTRAN LAS CANDIDATURAS A DIPUTADOS AL CONGRESO DE LA UNION POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA, PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLITICOS NACIONALES: ACCION NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, NUEVA ALIANZA Y SOCIALDEMOCRATA, ASI COMO POR LAS COALICIONES "PRIMERO MEXICO" Y "SALVEMOS A MEXICO", Y LAS CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL PRESENTADAS POR DICHOS PARTIDOS, POR EL PARTIDO DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA, CON EL FIN DE PARTICIPAR EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2008-2009.

ANTECEDENTES

I. Desde el año de 1990, en que se crea el Instituto Federal Electoral, éste ha sido el depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones. En virtud de lo anterior, entre otras tareas, este organismo ha registrado candidatos a los diversos cargos de elección popular en los procesos electorales federales de 1991 a 2006.

II. Con fecha diez de noviembre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó, en sesión ordinaria, el "Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a Diputados por ambos principios que presenten los partidos políticos y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2008-2009". Dicho acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día cuatro de diciembre de dos mil ocho.

III. A partir del mes de enero del presente año y hasta el pasado 15 de abril del presente año, se recibieron diversas solicitudes de registro de candidaturas presentadas por ciudadanos independientes, esto es, que no fueron postulados por ningún partido político nacional ni por las coaliciones registradas. A continuación se enumeran los ciudadanos que presentaron solicitud y la respuesta recaída a la misma. Nombre

Respuesta mediante oficio

C. Armando Narciso Ortega Torres DEPPP/DPPF/0756/2009 C. Salvador Vargas Trejo DEPPP/DPPF/0755/2009 C. Edberto Urcelay Fabian DEPPP/DPPF/0814/2009 y DEPPP/1233/2009 C. Enereo Fausto Cantú Peña DEPPP/1233/2009 C. Rafael Pelaez Flores DEPPP/1233/2009 C. Héctor Rubén Garduño González. DEPPP/1233/2009 C. Jesús Alberto Oliver Rodríguez. DEPPP/1233/2009 C. Alfonso Raúl de Jesús Ferriz. DEPPP/1233/2009 C. Porfirio Alberto Hernández Arenas DEPPP/1233/2009 C. Nelly Rustrian Torres DEPPP/1233/2009 C. José Fernando Alba Martínez DEPPP/1233/2009 C. Antonio Andrés León Zárate DEPPP/1233/2009 C. Mónica Guadalupe Arraiga González DEPPP/1233/2009 Lic. Fernando Estrada Trejo DEPPP/2398/2009 C. Manuel Guillén Monzón DEPPP/2397/2009

CONSIDERANDO

1. Que conforme a lo establecido por el artículo 41, párrafo segundo, base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los numerales 36, párrafo 1, inciso d); 93, párrafo 2; y 218 párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es derecho exclusivo de los partidos políticos y, para este Proceso Electoral Federal, de las coaliciones formadas por ellos, el registrar candidatos a cargos de elección popular.

2. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 9o. y 41, párrafo segundo, base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sistema de partidos políticos en México, actualmente se compone por las siguientes ocho organizaciones que cuentan con registro en términos de lo establecido por el artículo 22 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:

Partido Acción Nacional;

Partido Revolucionario Institucional;

Partido de la Revolución Democrática;

Partido del Trabajo;

Partido Verde Ecologista de México;

Convergencia;

Nueva Alianza; y

Partido Socialdemócrata.

3. Que del veintiocho de noviembre al dieciocho de diciembre de dos mil ocho, los partidos políticos informaron a este Instituto los métodos para la selección de sus candidatos, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 211, párrafo 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

4. Que con fecha veintidós de diciembre de dos mil ocho, el...

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