Acuerdo por el que aprueba la Norma Técnica para la elaboración de Metadatos Geográficos
DOF, 24 de Diciembre de 2010 › Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados › Instituto Nacional de Estadistica y Geografia
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Acuerdo por el que aprueba la Norma Técnica para la elaboración de Metadatos Geográficos
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 del Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 fracción III, 26, 27, 30 fracciones III y IV, 32 fracciones I y II, 55 fracciones I y II, 57, 58 y 77 fracción VIII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 5 fracción VIII, 24 fracción XIII del Reglamento Interior del Instituto; así como, lo previsto, en la Regla Séptima fracciones III, IV, VII, VIII y XII de las Reglas para la Integración y Operación de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información, y
CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su carácter de organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene por objeto, entre otros, regular el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, cuya finalidad es suministrar a la sociedad y al Estado información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional;Que el Instituto, en su calidad de unidad central coordinadora del Sistema, tiene entre sus funciones, las de normar y coordinar el Sistema y las Actividades Estadísticas y Geográficas, que lleven a cabo las Unidades del Estado, tomando en cuenta los estándares nacionales e internacionales, así como las mejores prácticas en la materia;Que los metadatos son parte fundamental de los Grupos de Datos del Subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente, ya que facilitan la comprensión de sus características;Que los metadatos son necesarios para sustentar el descubrimiento, la evaluación y la aplicación de los datos geográficos más allá de la organización o el proyecto de origen;Que con la presente Norma, se establecen las especificaciones que permitirán a los usuarios de datos e información geográfica que el acervo puesto a su disposición por los productores o Unidades del Estado, sea integrado con facilidad en sus procesos de producción y en los de toma de decisiones; así mismo, se busca que las Unidades del Estado, al generar e intercambiar datos e información geográfica, muestren consistencia, compatibilidad y comparación en sus procesos, como resultado de la estandarización en la comunicación dentro del Sistema.Por lo anterior, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía tiene a bien emitir la siguiente:NORMA TECNICA PARA LA ELABORACION DE METADATOS GEOGRAFICOS Capítulo I, Objeto. Artículo 1.- La presente Norma Técnica tiene por objeto establecer las disposiciones mínimas para la elaboración de metadatos de los grupos de datos geográficos de interés nacional o que sirvan para generar estos, realizados por las Unidades del Estado que integran el Sistema, ya sea por sí mismas o por terceros, así como promover su armonización y homogeneidad.Capítulo II, Ambito de Aplicación. Artículo 2.- La presente Norma Técnica es de observancia obligatoria para el Instituto y para las Unidades de Estado que generen grupos de datos geográficos que sean determinados como información de interés nacional o sirvan para genera ésta realizados por sí mismas o por terceros cuando estas últimas les encomienden dicha actividad.Capítulo III, Disposiciones Generales. Artículo 3.- Para efectos de la presente Norma Técnica se entenderá por:I. Atributo.- la propiedad de los objetos, que describe sus características geométricas, topológicas u otras;II. Conjunto de Datos Espaciales.- la totalidad de los datos que corresponden a un área geográfica con límites y escala determinados;III. Coordenadas.- el conjunto de n números que designan la posición de un punto en un espacio n-dimensional;IV. Estándar.- la especificación que regula la realización de ciertos procesos o la fabricación de componentes para garantizar la interoperabilidad;V. Información Geográfica.- al conjunto organizado de datos espaciales georreferenciados, que mediante símbolos y códigos genera el conocimiento acerca de las condiciones físico-ambientales, de los recursos naturales y de las obras de naturaleza antrópica del territorio nacional;VI. Instituto o INEGI.- el Inst...Ver el contenido completo de este documento
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