Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 176-04-61 hectáreas de temporal y agostadero de uso común, de terrenos del ejido Colonia Guadalupe, Municipio de Puebla, Pue

Fecha de disposición28 Noviembre 2006
Fecha de publicación28 Noviembre 2006
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 176-04-61 hectáreas de temporal y agostadero de uso común, de terrenos del ejido Colonia Guadalupe, Municipio de Puebla, Pue.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 37, fracción XXVII, y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracciones II, V y VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 5o., fracción VI de la Ley General de Asentamientos Humanos; 94, 95, 96 y 97 de la citada Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que el crecimiento desordenado de las poblaciones ubicadas en el Municipio de Puebla del Estado de Puebla, ha provocado que sobre los terrenos del ejido denominado “COLONIA GUADALUPE, se hayan establecido asentamientos humanos irregulares, provocando inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra para los ejidatarios y los poseedores de las construcciones asentadas en dichos predios ejidales, además de que dificulta el acceso a los servicios públicos básicos para una subsistencia digna.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio número 1.0/197/06 de fecha 22 de mayo de 2006, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 176-04-61 Has., de terrenos del ejido denominado COLONIA GUADALUPE, Municipio de Puebla, Estado de Puebla, para destinarse a su regularización y titulación legal mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, la venta de los lotes vacantes a los terceros que le soliciten un lote o para que se construyan viviendas de interés social, así como la donación de las áreas necesarias para equipamiento, infraestructura y servicios urbanos municipales en la zona, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones II, V y VIII de la Ley Agraria, en relación con el artículo 5o., fracción VI de la Ley General de Asentamientos Humanos, y 94 de la citada Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13224, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 167024 de fecha 12 de julio de 2006, recibida el 13 del mismo mes y año, quienes ratificaron su conformidad con la presente expropiación. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 176-04-61 Has., de uso común, de las que 117-52-41 Has., son de temporal y 58-52-20 Has., de agostadero.

RESULTANDO TERCERO.- Que obra en el expediente respectivo Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 9 de noviembre de 2003, ratificada mediante similar de fecha 18 de abril de 2004, en la cual el núcleo agrario COLONIA GUADALUPE, Municipio de Puebla, Estado de Puebla, manifestó su anuencia con la presente expropiación a favor de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.

RESULTANDO CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 26 de junio de 1931, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1931 y ejecutada el 29 de agosto de 1931, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir...

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