Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 41/99, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Huastla, Municipio de El Arenal, Jal

DOF, 18 de Noviembre de 2002Organismos Autonomos › Tribunal Superior Agrario

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Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 41/99, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Huastla, Municipio de El Arenal, Jal

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 41/99, relativo a la tercera ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado Huastla, Municipio de El Arenal, Jal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario 41/99, que corresponde al expediente 3367, relativo a la solicitud de tercera ampliación de ejido, promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado Huastla , ubicado en el Municipio de El Arenal, Estado de Jalisco y en cumplimiento a la ejecutoria pronunciada el diecinueve de enero de dos mil uno por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito correspondiente al amparo directo número D.A. 493/2000, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Mediante Resolución Presidencial de primero de septiembre de mil novecientos treinta y siete, se concedió al poblado Huastla , ubicado en el Municipio de El Arenal, Estado de Jalisco, por concepto de dotación de tierras, una superficie de 2,321-00-00 hectáreas (dos mil trescientas veintiún hectáreas).

SEGUNDO.- Por Resolución Presidencial de veinte de julio de mil novecientos treinta y ocho, se concedió al poblado de referencia, a través de la acción agraria de ampliación de ejido una superficie de 136-00-00 (ciento treinta y seis hectáreas).

TERCERO.- Mediante Resolución Presidencial de nueve de octubre de mil novecientos cuarenta, se otorgó al poblado en comento, una superficie de 580-00-00 (quinientas ochenta hectáreas) por concepto de segunda ampliación de ejido.

CUARTO.- Por escrito del trece de enero de mil novecientos cincuenta y ocho, un grupo de campesinos radicados en el Municipio de El Arenal, Estado de Jalisco, solicitaron al gobernador de la entidad, tercera ampliación de ejido, sin señalar específicamente predios afectables.

QUINTO.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Jalisco, instauró el expediente relativo a la acción de tercera ampliación de ejido, el diez de febrero de mil novecientos cincuenta y ocho, el cual quedó registrado bajo el número 3367.

SEXTO.- El Comité Particular Ejecutivo del poblado Huastla , quedó integrado por José Hernández Cuevas, J. Félix Herrera López y Guillermo Martínez Torres, en su calidad de presidente, secretario y vocal, respectivamente.

SEPTIMO.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado, por oficio 636 de veinticinco de abril de mil novecientos cincuenta y ocho, encomendó a Isaac López Andrade, la realización de los trabajos censales correspondientes. Dicho comisionado rindió su informe el trece de junio de mil novecientos cincuenta y ocho, del que se destaca la existencia de setenta y seis campesinos capacitados.

OCTAVO.- Mediante oficio número 846, de siete de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve, se comisionó a J. Ventura Gallo Lozano, para que informara acerca del aprovechamiento de las tierras otorgadas en dotación y ampliación al poblado de referencia. El profesionista en cita practicó el estudio correspondiente y mediante escrito de veintiocho de febrero de mil novecientos sesenta y dos, hizo del conocimiento de la Comisión Agraria Mixta, que los terrenos correspondientes se encontraron plenamente aprovechados.

NOVENO.- La Comisión Agraria Mixta mediante el oficio precisado en el resultando anterior, comisionó igualmente al profesionista de referencia, a fin de que realizara los trabajos técnicos informativos relativos.

Dicho profesionista, rindió su informe el veintiocho de febrero de mil novecientos sesenta y dos, del que se desprende lo siguiente:

Con los planos que existen en los archivos de esta Oficina, y el de la Delegación del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización en el Estado se construyó el plano informativo del radio de 7 kilómetros del poblado que nos ocupa, y sobre el cual tenemos los siguientes ejidos, al Norte partes de los de Arenal, Cuerámbaro, Santiaguito y Santa Cruz del Astillero; al Noroeste nuevamente partes del Arenal, Santa Cruz del Astillero y Huastla; al Oeste únicamente partes de los mismos citados anteriormente; al Suroeste y Sur las partes de los de Huastla, Tala y Cuisillos; al Sureste y Este el de Santa Cruz del Astillero, definitivo, el provisional a este mismo ...

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