Acuerdo por el que se establecen las políticas para la obtención y aplicación de los recursos destinados a la implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de las entidades federativas para el ejercicio fiscal 2014

EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
MateriaDerecho Fiscal
Fecha de publicación15 Enero 2014
Fecha de disposición15 Enero 2014
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL A FAVOR DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, 126 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como octavo y décimo transitorio de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008; 27, fracción XLIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, párrafo segundo, 2, fracción LIII, 10, 51, último párrafo, 74, segundo párrafo, 75, 77, primer párrafo, 82, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8, fracción I, 170 y 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 33 y 34, fracciones II y V, de la Ley de Planeación; 1, y 3, fracción XX, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014; 4o, 5o, fracción III, 70, fracción I, 118 y 119 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 9 y 11 del Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación, y

CONSIDERANDO

Que el 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública y justicia penal, mediante el cual se establecen las bases del nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana;

Que el 13 de octubre de 2008, se creó el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación (Decreto), con la finalidad de implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con pleno respeto a las atribuciones de los Poderes Federales, la soberanía de los Estados, el Distrito Federal y la autonomía municipal, así como de las instituciones y autoridades que intervengan en la instancia de coordinación;

Que el 8 de octubre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que faculta al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en el orden federal y en el fuero común;

Que el Gobierno Federal ha considerado como una actividad prioritaria y de interés general la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Penal, razón por la cual en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, se asignó a la Secretaría de Gobernación un monto por $976'443,840.00 (novecientos setenta y seis millones, cuatrocientos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) para el programa presupuestario "Otorgamiento de subsidios para la implementación de la reforma al sistema de justicia penal"; lo que si bien implica duplicar los recursos para esta fuente de financiamiento a las entidades federativas, no satisface las necesidades para una debida implementación, consecuentemente no debe ser la única fuente de financiamiento para alcanzar el objetivo en 2016;

Que el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria prevé que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables;

Que de conformidad con el artículo 27, fracción XLIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación, las atribuciones que expresamente establezcan las leyes y reglamentos;

Que de acuerdo con lo anterior, el artículo 8, fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que las dependencias deberán desarrollar procedimientos y emitir instrucciones específicas respecto de gasto público, lo que en consecuencia implica que las dependencias competentes de las entidades federativas deberán ejercer el subsidio en los tiempos y formas previstos en el presente Acuerdo y sus Anexos, sin incurrir en dilaciones que retrasan la implementación del sistema de justicia penal acusatorio en la entidad federativa o demeritan la calidad de los proyectos;

Que aunado a lo anterior, el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, establece en los artículos 4o. y 5o, fracción III, así como 70, fracción III, que las facultades originarias de la Secretaría corresponden al Titular de la misma y lo faculta para establecer políticas, mismas que deben ejecutarse por los órganos administrativos desconcentrados, en este caso por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal a quien se instruye buscar el cumplimiento puntual de éstas;

Que el artículo 11 del Decreto y su correspondiente reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2012, así como los artículos 118 y 119 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación establecen que la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con autonomía administrativa, creada para operar y ejecutar los acuerdos y determinaciones del Consejo de Coordinación, así como coadyuvar y brindar apoyo a las autoridades locales y federales en la Implementación del Sistema de Justicia Penal, cuando lo soliciten;

Que considerando que no hay entidades federativas en la etapa inicial del sistema y que si bien algunas todavía se encuentran en etapa de planeación, se visualiza que todas éstas pasarán a etapa de operación en el 2014, al contar con la normatividad básica y parte de la complementaria y tener una fecha de entrada en vigor, así como con otras características de avance en el sistema.

Que además, sólo faltan dos años y pocos meses para el término constitucional para implementar el sistema de justicia penal acusatorio, por lo que, en este ejercicio ya no se incluye el eje de planeación como subsidiable, pero sí el de seguimiento y evaluación que es su parte complementaria;

Que se debe asegurar la plena y debida implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, así como su operación en todas las regiones y delitos para antes del 18 de junio de 2016, como lo establece el mandato constitucional, lo que implica vigilar el correcto planteamiento, aprobación y cumplimiento de los proyectos subsidiados, ya que es una de las vías para alcanzar el objetivo;

Que de acuerdo a la planeación de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal para el ejercicio 2014, los ejes que deben privilegiarse en proyectos a subsidiar son los de reorganización institucional, infraestructura, tecnologías de la información y comunicación, y equipamiento, así como capacitación, difusión y seguimiento y evaluación, por lo que en coordinación con las entidades federativas se procurará estimular la generación de proyectos con alto impacto en dichos ejes, y

Que por lo anterior, y con el objeto de hacer efectivo el otorgamiento y aplicación de los recursos previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL A FAVOR DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

  1. Disposiciones generales

    1.1. Glosario.

    Para efectos de este instrumento, se entenderá por:

    1. Catálogo de equipamiento tecnológico y mobiliario: Instrumento diseñado por la SETEC que identifica el equipamiento de tecnologías de la información y comunicación, de servicios periciales y mobiliario mínimo necesario en apoyo a los operadores del Sistema de Justicia Penal y alineado al Modelo de Gestión de la SETEC;

    2. Comité de Capacitación: Órgano de coordinación, opinión y validación de programas de capacitación, programas de estudio y procesos de certificación de instituciones e instructores, dependiente del Consejo de Coordinación;

    3. Comité de Subsidios: Órgano conformado al interior de la SETEC en los términos del presente Acuerdo;

    4. Convenio de Coordinación: Instrumento jurídico mediante el cual la Secretaría se obliga a gestionar la entrega del subsidio a las entidades federativas, y éstas se obligan a destinar los recursos asignados exclusivamente a los fines y con las modalidades previstas en los proyectos aprobados por el Comité de Subsidios;

    5. Consejo de Coordinación: Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal;

    6. Criterios para la distribución y asignación del subsidio para la reforma al sistema de justicia penal: Indicadores basados en la etapa de implementación y el correspondiente grado de avance en que se encuentra cada entidad federativa, conforme a lo establecido en la Metodología para la Clasificación y Estratificación de las entidades federativas;

    7. Direcciones Generales: Direcciones Generales que integran la SETEC;

    8. Ejes: Áreas de la Estrategia de Implementación de la Reforma Constitucional aprobada por el Consejo de Coordinación donde se agrupan los proyectos...

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