Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

DOF, 2 de Agosto de 2010Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

Enlazado como:

Extracto


Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION FINAL DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE TUERCAS DE ACERO AL CARBON NEGRAS O RECUBIERTAS ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7318.16.03 Y 7318.16.04 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver en la etapa final el expediente administrativo 01/08, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

A. Solicitud

1. El 7 de enero de 2008 Prottsa, S.A. de C.V. ("Prottsa" o la "Solicitante") solicitó el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de tuercas de acero al carbón negras o recubiertas (tuercas o tuercas de acero) originarias de China, independientemente del país de procedencia.

B. Empresa solicitante

2. Prottsa es una empresa constituida conforme a las leyes de México. Su actividad principal es la fabricación de tornillería y tuercas.

C. Información sobre el producto

1. Descripción general

3. La mercancía objeto de análisis es una pieza de acero al carbón en grados que van desde 1008 hasta 1045, con grados de dureza de 2, 5, 8 y 2 H. Tiene forma hexagonal o cuadrada y diferentes dimensiones, con una perforación en el centro de distintos diámetros (hasta 1½ pulgadas) y cuerda interna. Puede presentar o no un recubrimiento metálico (en ocasiones se les denomina tuercas de acero recubiertas de metal o negras, según sea el caso). Este producto es un commodity que se conoce de forma genérica como tuerca de acero. Su propósito, junto con un tornillo o pieza roscada, es sujetar o apretar dos cuerpos en una posición definida.

2. Clasificación y régimen arancelario

4. Las tuercas de acero objeto de investigación se clasifican en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE). La unidad de medida es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en piezas. La descripción de estas fracciones arancelarias es la siguiente: Clasificación arancelaria

Descripción

Partida 7318 Tornillos, pernos, tuercas, tirafondos, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas (incluidas las arandelas de muelle (resorte) y artículos similares, de fundición, hierro o acero. Subpartida de primer nivel - Artículos roscados: Subpartida de segundo nivel 7318.16 -- Tuercas. 7318.16.03 De diámetro interior inferior o igual a 15.9 mm (5/8 pulgada), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02. 7318.16.04 De diámetro interior superior a 15.9 mm (5/8 pulgada) pero inferior o igual a 38.1 mm (1½ pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02.

5. A partir de enero de 2010 las importaciones clasificadas en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 están libres de arancel, independientemente del país de origen.

3. Normas

6. Las tuercas objeto de investigación se fabrican comúnmente conforme a las normas SAE J995, ASTM A 563, ASTM A194/A194M, ANSI-B18.2.2 y DIN 934. Prottsa proporcionó copia de las partes relevantes de estas normas. Precisó que dichas normas establecen las especificaciones y características de las tuercas, el grado del acero, las dimensiones entre sus caras, el grosor y el diámetro. De acuerdo con la Solicitante, estas mercancías también pueden fabricarse sin seguir norma alguna.

4. Proceso productivo

7. Los insumos para fabricar las tuercas de acero son barras o alambrón de acero al carbón en diferentes aleaciones y grados, y otros metales para recubrirlas, por ejemplo cinc (el más común), níquel, cromo y cobre. Las tuercas se fabrican mediante la forja en caliente o en frío. Estos procesos son similares, y ninguno le confiere al producto diferencias estructurales o en sus características.

8. Mediante la forja en caliente se lleva el acero al carbón a una temperatura de 1,300 grados centígrados para darle la forma y las especificaciones requeridas. En la forja en frío éstas se obtienen a través de un proceso de estiramiento en frío del alambrón. Cualquiera que sea el proceso, posteriormente se "machuelea" (es decir se perfora y hace el roscado) y, de acuerdo con los requerimientos de los clientes, se somete el producto a tratamiento térmico y se le otorga el acabado.

5. Usos y funciones

9. La función principal del producto objeto de la investigación, junto con un tornillo o pieza roscada, es fijar o ensamblar de forma mecáni...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía