Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento especial sancionador incoado con motivo de la denuncia presentada por el Partido Nueva Alianza en contra del C. Javier Duarte de Ochoa, las personas morales XHTZ-FM, S.A , concesionaria de la emisora identificada con las siglas XHTZ-FM y la frecuencia 96.9 Mhz; La Máquina Tropical, S.A. de C.V. , concesionaria de la emisora identificada con las siglas XHOT-FM, y la frecuencia 97.7 Mhz; y Frecuencia 98 S.A. de C.V. , concesionaria de la emisora identificada con las siglas XHWA-FM, y la frecuencia 98.5 Mhz, mismas que transmiten en el Estado de Veracruz, así como los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Revolucionario Veracruzano, mismos que conformaban la extinta coalición Veracruz para Adelante , por hechos que se considera constituyen infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, identificado con el número de expediente SCG/PE/PNA/CG/069/2010
DOF, 13 de Enero de 2011 › Organismos Autonomos › Instituto Federal Electoral
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