Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-59-98 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Maxcanú, municipio del mismo nombre, Yuc.   

Fecha de disposición16 Agosto 2007
Fecha de publicación16 Agosto 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-59-98 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Maxcanú, municipio del mismo nombre, Yuc.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción I, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número CAJ/SA/417/04 de fecha 12 de julio de 2004, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-59-98.284 Ha., de terrenos del ejido denominado "MAXCANÚ", Municipio de Maxcanú del Estado de Yucatán, para destinarlos a las instalaciones de la subestación eléctrica denominada Maxcanú Banco I, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción I y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13081, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 266 de fecha 20 de abril de 2007, recibida el 23 del mismo mes y año, sin que se haya manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-59-98 Ha., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Comisión Federal de Electricidad con las instalaciones de la subestación eléctrica denominada Maxcanú Banco I, en virtud de la anuencia otorgada mediante Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 21 de octubre de 2001, suscrita por el núcleo agrario MAXCANÚ, Municipio de Maxcanú, Estado de Yucatán.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 13 de septiembre de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 1939, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido MAXCANÚ, Municipio de Maxcanú, Estado de Yucatán, una superficie de 37,089-96-32 Has., para...

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