Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-08-88.65 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido Holbox, Municipio de Lázaro Cárdenas, Q. Roo. (Reg.- 1054
Fecha de disposición | 03 Marzo 2000 |
Fecha de publicación | 03 Marzo 2000 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-08-88.65 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido Holbox, Municipio de Lázaro Cárdenas, Q. Roo. (Reg.- 1054)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracciones I y VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y
RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número Jfuf-102/97 de fecha 17 de noviembre de 1997, la empresa Alquiladora de Casas, S.A. de C.V., filial de Teléfonos de México, S.A., solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-08-40 Ha., de terrenos del ejido denominado HOLBOX , Municipio de Lázaro Cárdenas del Estado de Quintana Roo, para destinarlos a la construcción e instalación de diferentes equipos y servicios tendientes al desarrollo de la industria telefónica, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones I y VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-08-88.65 Ha., de temporal de uso común.
RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 12 de enero de 1938, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 1939 y ejecutada el 27 de junio de 1942, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido HOLBOX , Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, una superficie de 8,864-00-00 Has., para beneficiar a 75 capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; y por Decreto Presidencial de fecha 23 de diciembre de 1991, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1991, se expropió al ejido HOLBOX , Municipio de Lázaro Cárdenas, Estado de Quintana Roo, una...
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