Acuerdo Específico E/JGA/36/2014 por el que se determina la desincorporación de expedientes siniestrados de la Sala Regional del Noroeste III
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO E/JGA/36/2014
POR EL QUE SE DETERMINA LA DESINCORPORACIÓN DE EXPEDIENTES SINIESTRADOS DE LA SALA REGIONAL DEL NOROESTE III.
Acuerdo Específico E/JGA/36/2014 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por el que se determina la desincorporación de expedientes siniestrados de la Sala Regional del Noroeste III.
CONSIDERANDO
Primero. Que en términos de los artículos 17 y 73, fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como tribunal de lo contencioso-administrativo dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, se encuentra obligado a garantizar el derecho de toda persona para que se le administre justicia de manera pronta, completa, imparcial y expedita, dentro de los plazos y términos que fija la ley;
Segundo. Que el artículo 39 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
Tercero. Que a la Junta de Gobierno y Administración le corresponde dirigir la buena marcha del Tribunal, supervisar la correcta operación y funcionamiento de los Archivos del Tribunal, así como ordenar la depuración y baja de los expedientes totalmente concluidos, entre otras;
Cuarto. Que el 30 de septiembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de Federación la Declaratoria de Emergencia por la presencia de lluvia severa provocada por el huracán Categoría 1 "Manuel", los días 18 y 19 de septiembre de 2013, en los municipios de Sinaloa, Badiraguato, Mocorito, Angostura, Navolato, Culiacán y Rosario, del Estado de Sinaloa;
Quinto. Que la sede de la Sala Regional del Noroeste III, se encuentra en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa;
Sexto. Que mediante Acuerdos G/43/2013 y G/44/2013, de 20 y 25 de septiembre de 2013, el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior declaró inhábiles los días 23, 24, 25, 26, 27, 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre de 2013, únicamente respecto de la Sala Regional del Noroeste III, derivado de las afectaciones sufridas en el Estado...
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