Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Lote 53 de Real de Abajo, con una superficie aproximada de 00-24-62.815 hectáreas, Municipio de Cusihuiriachi, Chih.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "LOTE 53 DE REAL DE ABAJO", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CUSIHUIRIACHI, ESTADO DE CHIHUAHUA.

La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la entonces Dirección General de Ordenamiento y Regularización, hoy Dirección General de la Propiedad Rural de la anterior Secretaría de la Reforma Agraria hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número 150328, de fecha 16 de enero 2013, expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 0073, de fecha 8 de marzo de 2013, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria y 104 al 106 del entonces vigente Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento y de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado "Lote 53 de Real de Abajo", con una superficie aproximada de 00-24-62.815 hectáreas, ubicado en el Municipio de Cusihuiriachi, Estado de Chihuahua, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL NORTE: MONSERRATE GUTIERREZ TERRAZAS, LOTE 52 DE REAL DE ABAJO

AL SUR: OCTAVIO GARCIA DOMINGUEZ RANCHO LA PITUCA

AL ESTE: BENJAMIN OBIEDO CASTILLO VILLA. LOTE 33 DE REAL DE ABAJO, MONSERRATE GUTIERREZ TERRAZAS, LOTE 54 DE REAL DE ABAJO

AL OESTE: MONSERRATE GUTIERREZ TERRAZAS, LOTE 52 DE REAL DE ABAJO, BENJAMIN OBIEDO CASTILLO VILLA, LOTE 33 DE REAL DE ABAJO

Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento y de la Propiedad Rural deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario...

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