Decreto que abroga el diverso por el que se establece la Tasa Aplicable a partir del 19 de noviembre de 2006 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Colombia
Fecha de disposición | 19 Noviembre 2006 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 89, fracción I y 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 2o., 4o., fracción I y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela (Tratado) fue aprobado por el Senado de la República el 13 de julio de 1994, y su Decreto de promulgación fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995;
Que el 23 de mayo de 2006 el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela notificó al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos su decisión formal de denunciar el Tratado y que, de conformidad con el artículo 23-08 del mismo, la referida denuncia surtió sus efectos a partir del 19 de noviembre de ese mismo año, de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2006;
Que el 17 de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece la Tasa aplicable a partir del 19 de noviembre de 2006 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Colombia, modificado mediante los diversos publicados en el citado órgano de difusión el 30 de junio de 2007 y 23 de julio y 16 de diciembre de 2009;
Que el 11 de junio de 2010 los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia firmaron el Protocolo Modificatorio al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, firmado en la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia el trece de junio de mil novecientos noventa y cuatro (Protocolo), simultáneamente en la Ciudad de México y en Bogotá D.C., el cual fue aprobado por el Senado de la República el 5 de abril de 2011, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2011;
Que previo intercambio de notas diplomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, se publicó el Decreto de promulgación del Protocolo, estableciéndose que surtirá efectos a partir del 2 de agosto de 2011;
Que de conformidad con lo...
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