Decreto por el que se abroga, de manera total, lisa y llana, la Declaratoria de rescate de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, otorgadas por la Comisión Nacional del Agua, de fecha 21 de octubre de 2001, publicada el día 22 del mismo mes y año
Fecha de disposición | 21 Octubre 2001 |
Fecha de publicación | 06 Agosto 2002 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
DECRETO por el que se abroga, de manera total, lisa y llana, la Declaratoria de rescate de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, otorgadas por la Comisión Nacional del Agua, de fecha 21 de octubre de 2001, publicada el día 22 del mismo mes y año.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 4o., 16, párrafos primero y segundo, 20, párrafo primero, y 25, párrafos primero y tercero, de la Ley de Aguas Nacionales; 1o. y 11, fracción VI, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 31 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de octubre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaratoria de rescate de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, otorgadas por la Comisión Nacional del Agua a las personas que en la misma se indican, cuyos números, especificaciones y titulares se mencionan en dicho instrumento jurídico, ubicadas en diversos Municipios del Estado de México, como parte del proyecto de ampliación del Plan Lago de Texcoco y el restablecimiento del balance hidrológico del Valle de México;
Que el rescate material de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas otorgadas por la Comisión Nacional del Agua a las personas que se mencionan en dicha declaratoria, no se llevó a cabo, por lo que a la fecha los concesionarios han continuado con el uso y aprovechamiento de dichas concesiones, sin que además se haya cubierto la indemnización correspondiente;
Que no obstante que la Administración Pública Federal fue especialmente cuidadosa y respetuosa del régimen legal y reglamentario para la realización del proyecto a que se refiere el considerando primero, diversas condiciones de hecho y derecho vuelven dicho proyecto incompatible con la preservación del orden y la paz social, y
Que el Ejecutivo Federal a mi cargo ha postulado una política eminentemente participativa y receptiva hacia los pronunciamientos de la sociedad civil, convencido de que el valor supremo de toda sociedad reside en...
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