Acuerdo por el que se abrogan diversas disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se instruye a realizar acciones para la abrogación de normas por parte de sus unidades administrativas centrales, de sus órganos desconcentrados y de las entidades paraestatales del sector coordinado por la misma
Fecha de disposición | 25 Mayo 2010 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2010 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | CUARTA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 2, fracción I, 31 y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 4o., primer párrafo y 6o., fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 prevé que se ampliarán los programas de simplificación administrativa y mejora regulatoria en toda la Administración Pública Federal, procurando que los cambios tengan un impacto directo en el combate a la discrecionalidad, la arbitrariedad o la corrupción;
Que en su mensaje con motivo de su Tercer Informe de Gobierno el Presidente de la República propuso diez elementos para que México cambie de fondo, entre los cuales se encuentra el emprender una reforma regulatoria, que permita abrogar todos los decretos, acuerdos, oficios y demás normas cuya necesidad no quede clara y plenamente justificada, a efecto de facilitar todos los trámites que se realizan y acercar al gobierno a las necesidades de la gente;
Que acorde con lo señalado en el considerando anterior, el Presidente de la República instruyó realizar las acciones conducentes a efecto de lograr que a mediados de 2010 se haya eliminado la regulación, los requisitos, la duplicidad de información y los trámites innecesarios, así como los costos que los mismos implican para los ciudadanos y para el gobierno;
Que si bien esta Secretaría ha realizado acciones de simplificación normativa, entre las que destaca el ejercicio previo de depuración y compactación que llevaron a cabo la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien desde 2003 realizó acciones que le permitieron sustituir aproximadamente 551 circulares por 6 circulares únicas y el Servicio de Administración Tributaria, el cual durante 2008 y 2009 eliminó 1472 normas, es necesario redoblar esfuerzos a efecto de impulsar una mayor simplicidad de las normas en todo el Sector Hacienda;
Que las acciones de depuración y compactación referidas en el considerando anterior han facilitado la consulta, observancia y cumplimiento de las disposiciones, lo que ha permitido que el marco normativo aplicable brinde certeza jurídica, por lo que se estima conveniente utilizar un mecanismo similar para compilar, en circulares únicas, en manuales únicos o en disposiciones únicas, diversas circulares emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, los manuales de organización y de procedimientos de las unidades administrativas del Sector Central de esta Secretaría, respectivamente y diversas normas del Servicio de Administración Tributaria;
Que en virtud de lo señalado en el considerando que antecede, se estima conveniente girar instrucciones a efecto de que, a más tardar el 31 de diciembre de 2010, se abroguen diversas circulares emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, los manuales de organización y de procedimientos del Sector Central de esta Secretaría, así como diversas disposiciones del Servicio de Administración Tributaria, una vez que se sustituyan por circulares, disposiciones o manuales únicos, según corresponda;
Que a través del Comité de Re-emisión Normativa y con la participación de las unidades administrativas centrales y los órganos desconcentrados de esta dependencia, así como de las entidades paraestatales del sector coordinado por la misma, se realizó un análisis exhaustivo de las normas sustantivas de aplicación interna, transversal y a los particulares, que inciden en la competencia del Sector Hacienda;
Que derivado del análisis a que se refiere el considerando anterior, se detectaron diversas normas cuya vigencia, objeto o eficacia son obsoletos y cuya existencia contribuye a que haya confusión e inseguridad jurídica para los particulares, por lo que es conveniente abrogarlas;
Que a esta Secretaría, en su carácter de coordinadora de sector, le compete realizar la intervención que conforme a las leyes le corresponde al Ejecutivo Federal en la operación de diversas entidades paraestatales, y
Que acorde con el compromiso de la presente Administración de intensificar las acciones de simplificación administrativa y mejora regulatoria en la Administración Pública Federal en beneficio de la población y del propio Gobierno Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Se abrogan las disposiciones siguientes:
-
De la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público:
No. tipo de norma nombre o identificación clasificación 1) Oficio Oficio No. 368.-025/06. Aplicación transversal 2) Oficio Oficio No. 368.-012/07. Aplicación transversal -
De la Tesorería de la Federación:
No. tipo de norma nombre o identificación clasificación 1) Oficio 401-DG-16218. Aplicación a particulares 2) Oficio 401-DG-16219. Aplicación a particulares 3) Oficio 401-DG-16220. Aplicación a particulares 4) Oficio 401-DG-16221. Aplicación a particulares 5) Oficio 401-DG-16222. Aplicación a particulares 6) Oficio 401-DG-16224. Aplicación a particulares 7) Oficio 401-DG-16225. Aplicación a particulares 8) Oficio 401-DG-16227. Aplicación a particulares 9) Oficio 401-DG-16228. Aplicación a particulares 10) Oficio 401-DG-16229. Aplicación a particulares 11) Oficio 401-DG-16230. Aplicación a particulares 12) Oficio 401-DG-16231. Aplicación a particulares 13) Oficio 401-DG-16232. Aplicación a particulares 14) Oficio 401-DG-16233. Aplicación a particulares 15) Oficio 401-DG-16235. Aplicación a particulares 16) Oficio 401-T-38562. Aplicación a particulares 17) Oficio 401-T-38563. Aplicación a particulares 18) Oficio 401-T-38564. Aplicación a particulares 19) Oficio 401-T-38565. Aplicación a particulares 20) Oficio 401-T-38566. Aplicación a particulares 21) Oficio 401-T-38567. Aplicación a particulares 22) Oficio 401-T-38568. Aplicación a particulares 23) Oficio 401-T-38569. Aplicación a particulares 24) Oficio 401-T-38570. Aplicación a particulares 25) Oficio 401-T-38571. Aplicación a particulares 26) Oficio 401-T-38572. Aplicación a particulares 27) Oficio 401-T-38573. Aplicación a particulares 28) Oficio 401-T-38574. Aplicación a particulares 29) Oficio 401-T-38575. Aplicación a particulares 30) Oficio 401-T-38576. Aplicación a particulares 31) Oficio 401-T-38577. Aplicación a particulares 32) Oficio 401-T-38578. Aplicación a particulares 33) Oficio 401-T-38579. Aplicación a particulares 34) Oficio 401-T-38580. Aplicación a particulares 35) Oficio 401-T-38582. Aplicación a particulares 36) Oficio 401-T-45639. Aplicación a particulares 37) Oficio 401-T-45618. Aplicación a particulares 38) Oficio 401-T-45619. Aplicación a particulares 39) Oficio 401-T-45620. Aplicación a particulares 40) Oficio 401-T-45621. Aplicación a particulares 41) Oficio 401-T-45622. Aplicación a particulares 42) Oficio 401-T-45623. Aplicación a particulares 43) Oficio 401-T-45624. Aplicación a particulares 44) Oficio 401-T-45625. Aplicación a particulares 45) Oficio 401-T-45626. Aplicación a particulares 46) Oficio 401-T-45634. Aplicación a particulares 47) Oficio 401-T-45627. Aplicación a particulares 48) Oficio 401-T-45628. Aplicación a particulares 49) Oficio 401-T-45629. Aplicación a particulares 50) Oficio 401-T-45630. Aplicación a particulares 51) Oficio 401-T-45631. Aplicación a particulares 52) Oficio 401-T-45632. Aplicación a particulares 53) Oficio 401-T-45633. Aplicación a particulares 54) Oficio 401-T-45635. Aplicación a particulares 55) Oficio 401-T-45636. Aplicación a particulares 56) Oficio 401-T-45637. Aplicación a particulares 57) Oficio 401-T-45638. Aplicación a particulares 58) Oficio 401-T-45640. Aplicación a particulares 59) Oficio 401-T-45641. Aplicación a particulares 60) Oficio 401-T-45643. Aplicación a particulares 61) Oficio 401-T-45644. Aplicación a particulares 62) Oficio 401-T-45645. Aplicación a particulares 63) Oficio 401-T-48256. Aplicación a particulares 64) Oficio 401-T-48257. Aplicación a particulares 65) Oficio 401-T-48258. Aplicación a particulares 66) Oficio 401-T-48259. Aplicación a particulares 67) Oficio 401-T-48260. Aplicación a particulares 68) Oficio 401-T-48261. Aplicación a particulares 69) Oficio 401-T-48262. Aplicación a particulares 70) Oficio 401-T-48263. Aplicación a particulares 71) Oficio 401-T-48264. Aplicación a particulares 72) Oficio 401-T-48265. Aplicación a particulares 73) Oficio 401-T-48266. Aplicación a particulares 74) Oficio 401-T-48267. Aplicación a particulares 75) Oficio 401-T-48268. Aplicación a particulares 76) Oficio 401-T-48269. Aplicación a particulares 77) Oficio 401-SG-1-23924. Aplicación a particulares 78) Oficio 401-SG-1-23925. Aplicación a particulares 79) Oficio 401-SG-1-23926. Aplicación a particulares 80) Oficio 401-SG-1-26087. Aplicación a particulares 81) Oficio 401-SG-1-26088. Aplicación a particulares 82) Oficio 401-SG-1-26089. Aplicación a particulares 83) Oficio 401-SG-1-26090. Aplicación a particulares 84) Oficio
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