Decreto por el que se abrogan, de manera total, lisa y llana, los Decretos de fecha 21 de octubre de 2001, publicados el día 22 del mismo mes y año, que a continuación se señalan, mediante los cuales se expropiaron diversas superficies a favor del Gobierno Federal

Fecha de disposición21 Octubre 2001
Fecha de publicación06 Agosto 2002
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se abrogan, de manera total, lisa y llana, los Decretos de fecha 21 de octubre de 2001, publicados el día 22 del mismo mes y año, que a continuación se señalan, mediante los cuales se expropiaron diversas superficies a favor del Gobierno Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 14 de la Ley General de Bienes Nacionales; 1o. y 11, fracción VI, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 31, 32 bis y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 22 de octubre de 2001, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación veintidós decretos por los que se declaró de utilidad pública la ampliación de los límites del actual Vaso del Lago de Texcoco, y se expropiaron a favor del Gobierno Federal, diversos predios ubicados en el Poblado San Martín, Municipio de Texcoco, Estado de México, con una superficie aproximada de 79-88-21.62 hectáreas;

Que las superficies y sus bienes inherentes objeto de los decretos expropiatorios referidos, en la actualidad se han mantenido en posesión, goce y disfrute de sus poseedores y que, asimismo, éstos no han recibido la indemnización correspondiente;

Que no obstante que la Administración Pública Federal fue especialmente cuidadosa y respetuosa del régimen legal y reglamentario de la expropiación, diversas condiciones de hecho y derecho vuelven el proyecto incompatible con la preservación del orden y la paz social y, en consecuencia, la superficie de que se trata no ha sido utilizada para cumplir con el objeto de la expropiación, y

Que el Ejecutivo Federal a mi cargo ha postulado una política eminentemente participativa y receptiva hacia los pronunciamientos de la sociedad civil, convencido de que el valor supremo de toda sociedad reside en la capacidad de mantener los vínculos de cohesión social, a fin de materializar una democracia moderna en la que las decisiones se tomen con la participación colectiva, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO

Se abrogan, de manera total, lisa y llana, los Decretos de fecha 21 de octubre de 2001, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 22 del mismo mes y año, que a continuación se señalan, mediante los cuales se expropiaron diversas superficies a favor del Gobierno Federal para continuar el restablecimiento del balance hidrológico del Valle de México, el control de la contaminación de las aguas superficiales y los mantos acuíferos en las zonas expropiadas:

  1. - Decreto por el que se declara de utilidad pública la...

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