Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Chrometro, S.A. de C.V
Fecha de disposición | 14 Abril 2005 |
Fecha de publicación | 14 Abril 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Chrometro, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Oficio 00641/130.15/1685/2005.- Expediente PISI-A-3SURO-NC-DS-020/2003.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CHROMETRO, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 37 fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal; 1, 2 y 64 fracción I inciso 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2003; 82 del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2003; 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto del oficio número 00641/30.15/1682/2005 de fecha 30 de marzo del año en curso, que se dictó en el expediente número PISI-A-3SURO-NC-DS-020/2003, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Chrometro, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se...
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