Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Limpia Jet, S.A. de C.V
Fecha de disposición | 18 Julio 2005 |
Fecha de publicación | 18 Julio 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Limpia Jet, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Salud.- Area de Responsabilidades.- Oficio 12/1.0.3.0.1/1370/2005.- Expediente DS-066/2003.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA LIMPIA JET, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 7 segundo párrafo, 59, 60 fracción IV, 61 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 de su Reglamento; 3 apartado D, 63 y 67 fracción I, punto 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y 2, 49 y 51 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo octavo de la resolución de fecha treinta de junio de dos mil cinco, dictada en el expediente número DS-066/2003, mediante la cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Limpia Jet, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba