Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Soft Center Services, S.A. de C.V

Fecha de disposición18 Abril 2006
Fecha de publicación18 Abril 2006
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Soft Center Services, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.- Area de Responsabilidades.- Expediente DS/SAE/05/2005.- Oficio TARTAQ/511/2006.

CIRCULAR TARTAQ/511/2006

Asunto: Circular.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA SOFT CENTER SERVICES, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la citada Ley de Adquisiciones; y artículo 67 fracción I arábigo 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintisiete de mayo de dos mil cinco; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución de fecha veintinueve de marzo de dos mil seis, que se dictó en el expediente número DS/SAE/05/2005, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Soft Center Services, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento, que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la...

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