Extracto del Título de Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, para la prestación del servicio de televisión restringida en las poblaciones de Acajete y Tepatlaxco, Pue., y Trinidad Sánchez Santos y San Juan Ixtenco, Tlax., otorgado en favor de Leonardo Julián López Sainz Puga
Emisor | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
EXTRACTO del Título de Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, para la prestación del servicio de televisión restringida en las poblaciones de Acajete y Tepatlaxco, Pue., y Trinidad Sánchez Santos y San Juan Ixtenco, Tlax., otorgado en favor de Leonardo Julián López Sainz Puga.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA RED PUBLICA DE TELECOMUNICACIONES, PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION RESTRINGIDA EN LAS POBLACIONES DE ACAJETE, PUE., TEPATLAXCO, PUE., TRINIDAD SANCHEZ SANTOS, TLAX. Y SAN JUAN IXTENCO, TLAX., OTORGADO EN FAVOR DE LEONARDO JULIAN LOPEZ SAINZ PUGA, EL 20 DE ENERO DE 2006.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION
Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, que otorga el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo la Secretaría, en favor de Leonardo Julián López Sainz Puga, en lo sucesivo el Concesionario, al tenor de los siguientes antecedentes y condiciones.
1.5. Vigencia. La vigencia de esta Concesión será de 10 (diez) años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la Concesión, y podrá ser prorrogada de acuerdo con lo señalado por el artículo 27 de la Ley.
2.1. Calidad de los servicios. El Concesionario se obliga a prestar los servicios comprendidos en esta Concesión, en forma continua y eficiente, garantizando en todo momento la interoperabilidad e interconexión con otras redes públicas de telecomunicaciones, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables y las características técnicas establecidas en la Concesión y en su o sus anexos.
Asimismo, el Concesionario, dentro de un plazo de 360 (trescientos sesenta) días naturales, contado a partir del otorgamiento de la Concesión, se obliga a instrumentar los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones de la Red o las fallas en los servicios, dentro de las 8 (ocho) horas hábiles siguientes a la recepción del reporte correspondiente.
El Concesionario se obliga a que...
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