Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR del H. Consejo Técnico por el que se aprueba modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la nota aclaratoria publicada el 24 de febrero de 2006, y los formatos Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio, Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio y Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo

Fecha de disposición17 Marzo 2010
Fecha de publicación17 Marzo 2010
MateriaDerecho de las Nuevas Tecnologías,Derecho del Medio Ambiente,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.- Oficio No. 09-9001-030000/. El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de febrero del presente año, dictó el ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, 15-A, 73, 75, 251, fracciones IV, VIII, X, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5o. y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 54 del 15 de febrero de 2010; y con base en la resolución del Comité del mismo nombre del propio Cuerpo Colegiado, en reunión del 16 de febrero de 2010, Acuerda: Primero.- Modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la Nota Aclaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2006, con la finalidad de precisar y adicionar diversos datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, a los trámites de registro patronal inicial; de inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo; y de modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo, el cual se acompaña al presente, como Anexo Uno. Segundo.- Aprobar los formatos 'Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio' (Anexo Dos); 'Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio' (Anexo Tres); y 'Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo' (Anexo Cuatro); y sus respectivos instructivos. Tercero.- Dejar sin efectos los formatos denominados 'Inscripción de las Empresas y Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo' (CLEM 01) y Aviso de Inscripción Patronal o de Reanudación de Actividades' (AFIL 01-A), publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de noviembre de 2005 y el 1o. de agosto de 2006, respectivamente. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, previo dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, realice los trámites necesarios para la publicación del presente Acuerdo y sus respectivos anexos en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que realice las acciones necesarias, a efecto de que las disposiciones de los puntos Primero, Segundo y Tercero del presente Acuerdo, sean de observancia general en Delegaciones, Subdelegaciones y demás Unidades Administrativas que correspondan a Nivel Normativo. Sexto.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Atentamente

México, D.F., 25 de febrero de 2010.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.

ANEXO UNO

Alcance Modificatorio al Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, del H. Consejo Técnico, publicado el 10 de febrero de 2006, y a su Nota Aclaratoria, publicada el 24 de febrero de 2006, por el que se precisan y adicionan datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar en los trámites de Inscripción Patronal Inicial, Inscripción de las Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo, y Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo, y que no están previstos en otra disposición de la Ley del Seguro Social, sus reglamentos y disposiciones aplicables de manera supletoria, y que aplica el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69-M y 69-O de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Nombre del trámite Plazo máximo de la resolución del trámite, contado a partir de la recepción de la solicitud Vigencia del trámite Datos y documentos
Inscripción Patronal Inicial: Se establece en tanto permanece la relación laboral, o subsista el supuesto de hecho que dio origen a la inscripción patronal. Fecha a partir de la cual surte efectos este movimiento Nombre comercial Datos de las personas autorizadas para presentar avisos de afiliación (hasta 3): Apellido paterno Apellido materno Nombres RFC CURP Teléfono fijo con clave de larga distancia Teléfono móvil con clave de larga distancia (*) Dirección de correo electrónico (*) DOCUMENTOS, que aplican para las modalidades del trámite de Inscripción Patronal Inicial, de Inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo y de Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria, para Personas Morales, Personas Físicas, y representante legal del patrón o sujeto obligado. Clave Unica de Registro de Población (CURP), documento expedido por el Registro Nacional de Población, para Personas Físicas. Comprobante del domicilio del centro de trabajo, para Personas Morales y Personas Físicas. DOCUMENTOS, que aplican para las modalidades del trámite de Inscripción Patronal Inicial y de cambio de domicilio: Croquis de localización del domicilio del centro de trabajo por el que solicita el registro patronal. Socio Número del RFC Para el caso de los patrones a que se refiere el Artículo 15 A de la Ley del Seguro Social: Solicita Registro Patronal por Clase Número de centros de trabajo Los domicilios de los centros de trabajo en donde sus trabajadores realicen sus labores. DOCUMENTO: Comprobante de su domicilio fiscal.

Inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo. Modalidad: · A. Registro. · B. Escisión para la empresa Escindida Modificaciones en el seguro de riesgos de trabajo. Modalidad: A. Por cambio de actividad B. Por incorporación de actividades; por sustitución patronal C. Por compra de activos, por cualquier acto de enajenación; por arrendamiento; por comodato, por fideicomiso traslativo. D. Por cambio de domicilio. E. por fusión; por escisión para la empresa escindente. F. Por reanudación de actividades. Indeterminada. En tanto existan las condiciones que le dieron origen. Datos que aplican a todas las modalidades de inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo y de modificaciones en el seguro de riesgos de trabajo. Especificar su giro Presta Servicios de Personal (Marque con una X: SI / NO) Clasificación de la empresa: División (clave, descripción). Grupo (clave, descripción). Fracción (clave, descripción). Clase. Prima. Maquinaria y equipo utilizados: No motorizados, motorizados no automatizados, automatizados, otros. Equipo de transporte utilizado Número de unidades. Nombre. Uso. Combustible o energía. Capacidad o potencia. Procesos de trabajo de la actividad del patrón o sujeto obligado. Procesos iniciales, intermedios y finales. Principales productos elaborados o servicios prestados Nombres. Actividades complementarias a la principal Distribución o entrega de mercancías Con transporte propio. Con transporte ajeno. No distribuye ni entrega. Servicios de instalación, reparación o mantenimiento para otras personas. Para las modalidades de reanudación de actividades y cambio de domicilio: Datos de la baja. Delegación. Subdelegación. Fecha de la baja. Para la modalidad de cambio de domicilio: Domicilio actual del centro de trabajo. Para la modalidad por compra de activos, por cualquier acto de enajenación, por arrendamiento, por comodato, por fideicomiso traslativo: Descripción y cantidad de los bienes. Uso que se le daba o dará a los bienes. Afectación directa o indirecta al desarrollo de la actividad económica.

Afectación directa o indirecta al desarrollo de la actividad económica.

VI. Instructivo de llenado
Generalidades Este aviso aplica a los patrones personas morales en el régimen obligatorio, que contraten trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad o trabajadores asalariados y eventuales del campo. Debe ser presentado por el patrón o su representante legal, quien se debe identificar y, en su caso, acreditar su personalidad con los documentos que acompañen a esta solicitud El patrón o su representante legal deben firmar de manera autógrafa el formato impreso por el Instituto, una vez concluido el registro, en presencia del empleado del Instituto que atienda el trámite. En el caso de que no sepa o no pueda firmar, debe imprimir su huella digital. El Instituto podrá verificar que lo manifestado por el patrón en lo relativo a su clasificación se ajuste a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social y su Reglamento. El registro de los datos contenidos en el formato son obligatorios, excepto los marcados con (*). En caso de que la información que proporcionen los patrones para su registro ante el Instituto se presente incompleta o no coincida con la registrada ante el Servicio de Administración Tributaria o las Dependencias de la Administración Pública Federal competentes, el Instituto notificará al patrón para que éste, en el plazo de cinco días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga y, en el caso de que no corrija tales situaciones, el Instituto procederá a dar de baja al patrón, a los trabajadores o a ambos. La documentación que a continuación se menciona deberá presentarse en copia y original para su cotejo: Documentación 1. Registro Federal de Contribuyentes, documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria. 2. Comprobante del domicilio del centro de trabajo.1 Documento mediante el cual el Patrón o Sujeto Obligado deberá acreditar el domicilio del centro de trabajo: a) Contratos vigentes que pueden estar a nombre del patrón o de un tercero y tener una antigüedad no mayor a dos meses: o Arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales. o Subarrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales. o Fideicomiso
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