Reglas de Operación del Programa de Capital de Riesgo para Acopio, Comercialización y Transformación y para el Programa de Servicios de Cobertura que operará el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR)

Fecha de disposición29 Diciembre 2008
Fecha de publicación29 Diciembre 2008
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónDECIMA SEGUNDA. Poder Ejecutivo

REGLAS de Operación del Programa de Capital de Riesgo para Acopio, Comercialización y Transformación y para el Programa de Servicios de Cobertura que operará el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Con fundamento en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria así como en los artículos 1, 2, 3 fracción XIV, inciso a), 4 y demás relativos aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, y considerando: Que conforme a lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, se le asignan recursos al Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural para contribuir en la operación del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable a través de los siguientes Programas: 1. Capital de Riesgo para Acopio, Comercialización y Transformación, y 2. Servicios de Cobertura. En este contexto y a efecto de cumplir con lo antes expuesto, se expiden las siguientes: REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE CAPITAL DE RIESGO PARA ACOPIO,

COMERCIALIZACION Y TRANSFORMACION Y PARA EL PROGRAMA DE SERVICIOS DE

COBERTURA QUE OPERARA EL FONDO DE CAPITALIZACION E INVERSION DEL SECTOR RURAL

(FOCIR)

1. Introducción El Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural se constituyó en el año de 1994 como un Fideicomiso Público del Gobierno Federal, para promover en el marco de la política de financiamiento para el desarrollo rural, acciones tendientes a complementar la capacidad económica de los productores rurales y de sus organizaciones económicas a fin de fomentar la creación y consolidación de empresas rurales, constituyendo asimismo, un factor de impulso en las inversiones que en materia agrícola, ganadera, forestal y acuícola llevan a cabo la banca, los grupos empresariales y los productores privados y sociales en el campo mexicano. Por ello, FOCIR se ha dedicado a impulsar la capitalización del sector rural, colocando inversión financiera en proyectos viables y de impacto regional, de manera directa o a través de inversionistas de capital privado que apoyen a empresas en etapa de pre-inversión y primer escalamiento, como aquellos en etapas posteriores de desarrollo o consolidación. Las presentes Reglas de Operación se publican en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos a ser ejercidos por el FOCIR. 1.1. Definiciones a) Actividades agropecuarias: Los procesos productivos primarios: caza, pesca, recolección, agricultura, ganadería, forestal y acuacultura, incluyendo las actividades complementarias como los servicios de apoyo a la producción (semillas, fertilizantes, plaguicidas, mecanización, acopio y transporte), así como los procesos de beneficio como limpieza, clasificación y empaque de la producción primaria. b) Actividades agroindustriales: Los procesos productivos de transformación industrial que incorporan valor agregado a la producción primaria del sector agropecuario, forestal, acuícola y pesquero. c) Cadena productiva. El conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, forestales y agroalimentarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación industrial, almacenamiento, distribución y comercialización. d) Capital de Riesgo: Producto financiero que consiste en la aportación de recursos al capital social o destinado a financiar capital de inversión en las empresas de manera temporal, bajo la suscripción y exhibición de acciones en sociedades mercantiles (S.A. de C.V., S.A.P.I. de C.V. y S. de R.L.), partes sociales definidas a través de certificados de aportación en sociedades de producción rural (S.P.R.). e) Contrato de cobertura. Contrato entre el inversionista de capital privado o un intermediario financiero con FOCIR en el que se estipulan las condiciones específicas del Servicio de Cobertura. f) Coordinadora Sectorial: Unidad de Banca de Desarrollo adscrita a la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). g) Cobertura: Instrumento financiero que cubre un porcentaje de las pérdidas en las que pueden incurrir los inversionistas de capital privado o los intermediarios financieros. h) Deuda Mezanine. Instrumento financiero de deuda que incorpora, además de la tasa de interés, un componente del rendimiento que depende del resultado económico de la empresa apoyada. i) Ejercicio de la cobertura: Acto mediante el cual el inversionista solicita a FOCIR hacer efectiva la cobertura. j) FOCIR: Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural. k) Instrumentos Financieros de Deuda (Deuda Convertible, Deuda Subordinada y Cuasicapital): Mediante estos instrumentos se otorgan apoyos a personas físicas o morales que acopian, comercializan y transforman productos agropecuarios o derivados de procesos agroindustriales, para que aporten capital en empresas rurales o mediante la suscripción de contratos de financiamiento. l) Intermediario(s) financiero(s): instituciones de banca múltiple, arrendadoras financieras, sociedades financieras de objeto limitado (SOFOLES), sociedades financieras de objeto múltiple (SOFOMES) y Almacenes Generales de Depósito. m) Inversionista(s) de capital privado: Personas morales con capacidad legal para realizar inversiones de capital de riesgo en el país. n) Persona Física: Individuo con capacidad jurídica para contratar los servicios y/o productos financieros, mayor de 18 años y con plenas facultades mentales y legales. o) Persona Moral: Sociedades mercantiles y rurales que desarrollen actividades empresariales y cuenten con capacidad para contratar los servicios y/o productos financieros, así como fideicomisos de inversión de capital (FICAPS). p) Población Objetivo: Segmento o tipo de población que será sujeta a los beneficios de la operación de los programas a cargo de FOCIR. q) Prima de recuperación: porcentaje respecto de los recursos otorgados como apoyo reembolsable que deberá cubrir a FOCIR el beneficiario por el desarrollo de su plan de negocios. r) Prima/Comisión de la Cobertura: Precio que el inversionista o intermediario financiero debe pagar al contratar el Servicio de Cobertura establecido por FOCIR de conformidad con los criterios previstos en las presentes Reglas. s) Programas: Acciones que implican erogaciones de recursos siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación para que FOCIR otorgue los apoyos a su cargo en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda. t) Sector Rural: Personas físicas o morales que desarrollan actividades económicas vinculadas a las actividades agropecuarias y agroindustriales, incluyendo el desarrollo tecnológico y servicios, preferentemente en regiones que presentan potencial productivo. u) Tipos de Apoyo: Productos o servicios para los cuales se formalizan los derechos y obligaciones que contraen FOCIR y la población objetivo que cubra los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. v) Instancia de Autorización: Cada operación de capital de riesgo, instrumentos financieros de deuda, apoyo reembolsable o cobertura, será autorizado conforme lo establecido por el Comité Técnico de la Entidad. w) UDI's: Son unidades de inversión, cuyo valor en pesos para cada día se publica periódicamente por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación y sus variaciones de valor corresponden a las del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). 2. Objetivos 2.1. Objetivo General Promover con Capital de Riesgo y otros instrumentos financieros, la capitalización y la inversión de largo plazo, así como la mejora en la relación riesgo-rendimiento de las inversiones en proyectos vinculados a la producción, acopio, comercialización y transformación del sector rural y agroindustrial, así como diseñar y difundir mecanismos y esquemas que promuevan la participación de los intermediarios financieros en el sector rural y den viabilidad a proyectos. 2.2. Objetivos Específicos 2.2.1. Programa de Capital de Riesgo para Acopio, Comercialización y Transformación a) Efectuar y fomentar inversiones, a través de inversionistas de capital privado, para incrementar la producción y la competitividad del sector rural mexicano, mediante el desarrollo de proyectos con alto potencial de crecimiento en etapa de pre-inversión y primer escalamiento, como aquellos en etapas posteriores de desarrollo o consolidación y que por su impacto regional sean considerados como estratégicos para el FOCIR. b) Respaldar, en su caso, mediante apoyo reembolsable, proyectos viables y rentables en el sector rural. 2.2.2. Programa para Servicios de Cobertura a) Ofrecer a los inversionistas de capital privado un instrumento que permita la administración del riesgo de las inversiones realizadas en el sector agroindustrial y que a su vez las haga más atractivas en cuanto a la relación riesgo-rendimiento. b) Cubrir a los intermediarios financieros participantes, un porcentaje de las pérdidas que resulten del total del portafolio de créditos y operaciones de arrendamiento financiero que éstos otorguen, destinados a la adquisición de activos fijos, maquinaria y equipo, relacionados con actividades económicas en el medio rural que contribuyan a la capitalización y modernización del campo y del sector rural. 3. Lineamientos La cobertura territorial de los Programas será aplicable a nivel nacional. 3.1. Programa de Capital de Riesgo para Acopio, Comercialización y Transformación 3.1.1. Población Objetivo Pequeñas y medianas empresas dedicadas a actividades...

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