Convocatoria para la acreditación y aprobación de organismos de certificación para producto

Fecha de disposición14 Marzo 2000
Fecha de publicación14 Marzo 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA para la acreditación y aprobación de organismos de certificación para producto.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACION Y APROBACION DE ORGANISMOS DE CERTIFICACION PARA PRODUCTO.

La Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., y la Dirección General de Normas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., 4o., 8o., 9o. y 24 fracciones VIII, XI, XIII, XIV, XV y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 1o., 2o. fracción II inciso f), 3o. fracciones I y XII, 68, 69, 70 fracción I, 70-C, 71, 79, 80, 118 y 119 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 74, 75, 76, 87 y 88 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, emiten la siguiente

CONVOCATORIA

Dirigida a las personas morales en general, que se interesen en obtener la acreditación y aprobación como organismo de certificación para producto a efecto de evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas que más adelante se detallan, en los términos siguientes:

Requisitos de acreditación:

  1. Presentar solicitud en el formato que para tal efecto se entregará en el domicilio de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., sito en Manuel María Contreras 133, piso 6, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, D.F., acompañada de los documentos siguientes:

    1. Estatutos sociales, propuesta de actividades y cédula de identificación fiscal;

    2. Manual de Calidad, Manual de Procedimientos de Aseguramiento de la Calidad y Procedimiento técnico operativo de certificación de las normas oficiales mexicanas que se indican adelante, basados en las normas mexicanas de sistemas de calidad y que cumplan con los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-CC-10-1992, Criterios generales para los organismos de certificación de producto;

    3. Currícula del personal que dispondrá para las labores técnicas de certificación, mismo que deberá contar con una escolaridad mínima de educación media superior; así como evidencia objetiva de su capacitación en el producto;

    4. Procedimiento de atención de reclamaciones técnicas;

    5. Evidencia objetiva de la integración del Comité Técnico de Certificación;

    6. Carta compromiso de no incurrir en conflicto de intereses, cuando se desarrollen otras actividades...

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