Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia adopta el Registro Unico de Personas Acreditadas de la Secretaría de la Función Pública para acreditar la personalidad en los trámites previstos en la Ley Federal de Competencia Económica

Fecha de disposición14 Noviembre 2012
Fecha de publicación14 Noviembre 2012
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.- Secretaría Ejecutiva.

ALI B. HADDOU RUIZ, Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 29 de la Ley Federal de Competencia Económica, 5, fracción III, 19, fracciones XIII, XXV, XXVI y XXXIV del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia y 1, tercer párrafo, 69-B y 69-D de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo:

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Federal ha establecido como una de sus prioridades la realización de acciones y programas en materia de mejora regulatoria con objeto de simplificar los trámites que los particulares efectúan ante las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone en el artículo 69-B, que cada dependencia y organismo descentralizado creará un Registro de Personas Acreditadas para realizar trámites ante éstas; que dichos registros deberán estar interconectados informáticamente y el número de identificación asignado por una dependencia u organismo descentralizado será obligatorio para los demás.

Que el cuatro de mayo de dos mil cuatro, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece el procedimiento y los requisitos para la inscripción en los Registros de Personas Acreditadas operados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal y las bases para la interconexión informática de los mismos, el cual tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos para la inscripción en los Registros de Personas Acreditadas operados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, y las bases para la interconexión informática de los mismos.

Que de acuerdo con el Artículo Tercero del Decreto por el que se establece el procedimiento y los requisitos para la inscripción en los Registros de Personas Acreditadas operados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, la Secretaría de la Función Pública publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el dos de julio de dos mil cuatro, los "Lineamientos para la creación, operación e interconexión informática de los Registros de Personas Acreditadas de las dependencias y organismos...

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