Acta de instalación y clausura de la Convención Revisora en su aspecto salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto.
Fecha de disposición | 08 Noviembre 2018 |
Fecha de publicación | 08 Noviembre 2018 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Géneros de Punto.
ASUNTO: ACTA DE INSTALACIÓN Y CLAUSURA DE LA CONVENCIÓN REVISORA EN SU ASPECTO SALARIAL DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE GÉNEROS DE PUNTO.
En la Ciudad de México, siendo las ONCE HORAS DEL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, día y hora señalados en la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, en cumplimiento a lo ordenado por los Artículos 406 y 419 fracciones II y III y 419 Bis de la Ley Federal del Trabajo, se procedió a la instalación de la Convención Obrero Patronal Revisora en su aspecto salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto. En acatamiento a lo previsto por el artículo 411 de la Ley antes invocada, ante la presencia del señor LIC. GUILLERMO E. ROCA SANTOS COY, Titular de la Unidad de Funcionarios Conciliadores y representante del LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN, Secretario del Trabajo y Previsión Social, y del LIC. PEDRO GARCÍA RAMÓN, Subcoordinador de Convenciones de la referida Unidad, se reunieron en la sala 1 de la Unidad de Funcionarios Conciliadores de esta Secretaría, los Delegados Obreros y Patronales acreditados para asistir a la Convención Revisora del Contrato Ley referido.
Se procedió a pasar lista de asistencia, encontrándose presentes por el sector obrero y por el sector patronal, los Delegados que fueron acreditados ante esta Convención.
En atención a lo dispuesto por los artículos 406 y 419 de la Ley Federal del Trabajo, la Convención procedió a designar a los secretarios escrutadores; por el sector obrero los CC. J. GUADALUPE DELGADILLO VIZCARRA y FIDEL MORENO GARCÍA; por el sector patronal los CC. LICS. FERNANDO YLLANES MARTÍNEZ y ABIEL NOÉ SÁNCHEZ ROSAS.
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 406 y 419 de la Ley Federal del Trabajo, se procedió a designar a los Secretarios Escrutadores, siendo nombrados por el sector obrero los CC. José Guadalupe Delgadillo Vizcarra y Fidel Agustín Moreno García; por el sector empresarial, los CC. Héctor Martino Silis y Fernando Yllanes Martínez, con el objeto de que los Escrutadores pudieran llevar a cabo el recuento de los presentes, se declaró un receso y al reanudarse la sesión, informaron los Escrutadores del sector obrero que están...
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