Acuerdo 001/2019 por el que se emiten las Reglas de Operación del Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Sonda de Campeche.

Fecha de disposición31 Diciembre 2019
Fecha de publicación31 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE MARINA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MARINA.- Secretaría de Marina.

ACUERDO 001/2019

RUBÉN CEBALLOS GUEVARA, Vicealmirante, Jefe de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2o., fracción I, 9, 12, 14, y 30 fracciones IV, V, inciso b, VII, Ter y VII Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 8 Bis, fracciones III, IV y V, y 9 fracción IV, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 557, 558, 560, 561, 565, 566 y 567 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 3 fracción II, inciso C Bis, 4, 5, 6 fracción, XIX y 16 Bis, fracciones I, incisos b, d, e y f, y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; Transitorio Segundo del Acuerdo Secretarial número 552 mediante el cual se crea el Centro de Control de Tráfico Marítimo (CCTM) de la Sonda de Campeche, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Marina (SEMAR) como parte integrante de la Administración Pública Federal ejerce la Autoridad Marítima Nacional a través de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, para garantizar la protección y seguridad marítima, el control de tráfico marítimo y la prevención de la contaminación, así como la salvaguarda de áreas e instalaciones estratégicas, de conformidad con la normatividad nacional e internacional.

Que el 29 de abril del 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el "ACUERDO por el que se da a conocer la Circular SN.1/CIRC.309, de conformidad con la Resolución A.858 (20), de la Organización Marítima Internacional", relativa a las medidas de organización del tráfico distintas de los dispositivos de separación del tráfico, con las cuales se anulan las medidas de organización del tráfico existentes emitidas en la Resolución A.527 (13) en lo concerniente al Golfo de Campeche, a la terminal marítima petrolera a la altura de Cayo Arcas y a los ejes de circulación recomendados en el Golfo de Campeche.

Que el 4 de abril del 2015 con la entrada en vigor del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, se abroga el Reglamento General para el Sistema de Organización y Control del Tráfico Marítimo Nacional, publicado en el DOF el 13 de enero de 1988.

Que a raíz de la reforma energética, interactúan dentro de la...

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