Acuerdo 001/2020 mediante el cual se da a conocer la designación de representantes legales en Materia Penal.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Federal de Justicia Administrativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Presidencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

ACUERDO 001/2020

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES LEGALES EN MATERIA PENAL

El Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 54 fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y en términos del siguiente:

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicada el 18 de julio de dos mil dieciséis en el Diario Oficial de la Federación, corresponde al Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa representar al Tribunal Federal de Justicia Administrativa ante toda clase de autoridades.

Que de conformidad con el artículo 54, fracción I de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como del artículo 26, fracción I, de su Reglamento Interior, tiene la atribución de delegar las facultades que el ejercicio de esta función requiere.

Que visto lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 54, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como del artículo 26, fracción I, de su Reglamento Interior, delego a los Licenciados en Derecho Iván Guillermo Jaramillo García, Omar Pérez Resendiz, Maria Luisa Correa Anaya, Emmanuel Maldonado Murillo, Karen Manuela Chimal Gallardo, Antonio Cacique Navarro, José Pablo Reyes Ramírez y Maximiliano Fernández Hernández, personas servidoras públicas que se encuentran adscritas a la Unidad de Asuntos Jurídicos que refiere el artículo 118 del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional y, a los cuales se les otorgan las más amplias facultades de representación legal en materia penal, para que realicen o contesten de manera indistinta denuncias y/o querellas, ofrezcan y rindan pruebas, interpongan toda clase de recursos legales y juicios de amparo, formulen conclusiones, concilien, otorguen perdón legal, liberen bienes propiedad del Tribunal y autoricen a terceros para recibirlos, así como cualquier acto jurídico necesario como requisito de procedibilidad establecido en el Código Adjetivo de la materia, tendiente a la defensa de los intereses de este H. Tribunal.

SEGUNDO.- La delegación de...

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