Acuerdo A/028/18 por el que se establecen los Lineamientos para la implementación de medios alternativos de solución de controversias en los juicios y procedimientos en los que la Procuraduría General de la República sea parte.

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EmisorProcuraduría General de la República

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.

ACUERDO A/028/18

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN LOS JUICIOS Y PROCEDIMIENTOS EN LOS QUE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SEA PARTE.

ALBERTO ELÍAS BELTRÁN, Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales, en suplencia de la o el Titular de la Procuraduría General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 10, y 30 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y 1, 5, 10, 11, fracción VII y 137 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 17, que siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales; y que las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias;

Que el 29 de abril de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Decreto Presidencial por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias que se susciten con los particulares"; cuyo objeto es establecer las acciones administrativas que deberán implementar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las empresas productivas del Estado, para llevar a cabo la conciliación y la celebración de convenios o acuerdos en términos de las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias que se susciten con los particulares;

Que con fecha 28 de julio de 2016, en cumplimiento al artículo segundo transitorio del Decreto Presidencial de fecha 29 de abril de 2018, la Secretaría de la Función Pública publicó en el Diario Oficial de la Federación los Criterios generales para emitir opinión en materia de responsabilidades a efecto de determinar o no la procedencia para llevar a cabo los medios alternativos de solución de controversias, así como establecer los supuestos en los que puede actualizarse un conflicto de interés;

Que el artículo 10, fracciones II y VI de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que para el despacho de los asuntos que competen a la Institución y al Ministerio Público de la Federación conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Procurador General de la República se auxiliará, entre otros, de un Oficial Mayor y de directores generales;

Que el artículo 18, fracción XVII, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que al frente de la Oficialía Mayor habrá un Oficial Mayor, quien tendrá dentro de sus facultades la de suscribir los contratos y convenios en los que la Procuraduría sea parte y que afecten su presupuesto, así como los demás instrumentos que impliquen actos de administración, en los términos de las disposiciones aplicables;

Que el artículo 49, fracción V, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República señala que al frente la Dirección General de Asuntos Jurídicos habrá un Director General, quien tendrá entre sus facultades la de realizar la defensa jurídica de la Institución ante cualquier instancia, y representar jurídicamente al Procurador ante las autoridades administrativas, judiciales y laborales, con excepción de los asuntos competencia de la Dirección General de Juicios de Amparo;

Que el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General...

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