Acuerdo ACDO.SA1.HCT.281015/246.P.DIR y su anexo único, relativo a las Reglas a que se sujetará la incorporación de los estudiantes de instituciones públicas de nivel medio superior y superior, al Seguro de Enfermedades y Maternidad del Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie

Fecha de disposición16 Diciembre 2015
Fecha de publicación16 Diciembre 2015
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General. El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.281015/246.P.DIR, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 251, fracciones I, IV, VIII, XIII y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, y Octavo transitorio, de la Ley del Seguro Social; 5, 57 y 58, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones IV, VI, XI y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como 1, 5 y 6, del Decreto por el que se incorporan al Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, a las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en instituciones educativas del Estado y que no cuenten con la misma o similar protección por parte del propio Instituto o cualquier otra institución de seguridad social', publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998; y conforme a la propuesta que presenta el Director General, por conducto del Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 72 del 16 de octubre de 2015, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el 14 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar las Reglas a que se sujetará la incorporación de los estudiantes de instituciones públicas de nivel medio superior y superior, al Seguro de Enfermedades y Maternidad del Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie, contenidas en el Anexo Único del presente Acuerdo. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de las Reglas que se emiten, por parte de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y sus Órganos Operativos. Tercero.- Las Subdelegaciones del Instituto, dentro de su circunscripción territorial, en el ejercicio de sus facultades de asistencia, deberán realizar acciones para informar y auxiliar a las Instituciones Educativas del Estado registradas ante este Instituto, acerca del contenido, alcance y acciones necesarias para la implementación de las Reglas aprobadas mediante este Acuerdo. Cuarto.- El presente Acuerdo y las Reglas que se aprueban, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Quinto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación mencionada en el Diario Oficial de la Federación".

Atentamente

México, D.F., a 28 de octubre de 2015.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INCORPORACIÓN Y RECAUDACIÓN

REGLAS A QUE SE SUJETARÁ LA INCORPORACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS DE NIVEL MEDIO SUPERIOR Y SUPERIOR, AL SEGURO...

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